A/RES/51/105 Página 3 4. Considera que la cooperación internacional en la materia debe hacer una contribución efectiva y práctica a la urgente tarea de prevenir las violaciones masivas y manifiestas de los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos y al fortalecimiento de la paz y la seguridad internacionales; 5. Reafirma que la promoción, la protección y la plena realización de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales, como motivos legítimos de preocupación de la comunidad mundial, deben regirse por los principios de no selectividad, imparcialidad y objetividad y no deben utilizarse con fines políticos; 6. Pide a todos los órganos de derechos humanos del sistema de las Naciones Unidas, así como a los relatores y los representantes especiales, los expertos independientes y los grupos de trabajo, que tengan debidamente en cuenta el contenido de la presente resolución en el desempeño de sus mandatos; 7. Expresa su convencimiento de que un planteamiento imparcial y justo de las cuestiones de los derechos humanos contribuye a la promoción de la cooperación internacional, así como a la promoción, protección y realización efectivas de los derechos humanos y las libertades fundamentales; 8. Insiste, en este contexto, en que sigue siendo necesario contar con información imparcial y objetiva sobre la situación y los acontecimientos políticos, económicos y sociales de todos los países; 9. Invita a los Estados Miembros a que consideren la posibilidad de adoptar, según proceda, en el marco de sus respectivos ordenamientos jurídicos y de conformidad con sus obligaciones en virtud del derecho internacional, especialmente de la Carta, y de los instrumentos internacionales de derechos humanos, las medidas que consideren adecuadas para lograr mayores progresos en la cooperación internacional en cuanto al fomento y el estímulo del respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales; 10. Pide a la Comisión de Derechos Humanos que tenga debidamente en cuenta la presente resolución y examine nuevas propuestas para el fortalecimiento de las actividades de las Naciones Unidas en la esfera de los derechos humanos mediante el fomento de la cooperación internacional, teniendo en cuenta la importancia de la no selectividad, la imparcialidad y la objetividad; 11. Pide al Secretario General que celebre consultas con los Estados Miembros y las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales sobre medios de fortalecer las actividades de las Naciones Unidas en la esfera de los derechos humanos, incluso respecto del fomento de la cooperación internacional y la importancia de la no selectividad, la imparcialidad y la objetividad, y que le presente un informe completo sobre esta cuestión en su quincuagésimo tercer período de sesiones; 12. Decide examinar esta cuestión en su quincuagésimo segundo período de sesiones en relación con el tema titulado "Cuestiones relativas a los derechos humanos". 82a. sesión plenaria 12 de diciembre de 1996

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