A/RES/55/182
y Desarrollo con respecto a África 11; alienta una vez más al Secretario General de
las Naciones Unidas a que establezca el nuevo subprograma sobre África previsto en
el Plan de Acción 3 ; y destaca también la importancia de una mayor cooperación
entre organismos, la cual ha demostrado su eficacia a través de los programas
integrados conjuntos de asistencia técnica en determinados países menos
adelantados de África y otros países africanos;
14. Pide al Secretario General que vele por que la Conferencia de las
Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo, en las esferas que competen a su
mandato, inicie el proceso preparatorio para el examen y la evaluación finales de la
ejecución del Nuevo Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo de África
en el Decenio de 1990, que se cumplirá en el año 2002, dedicado en particular al
acceso a los mercados, la diversificación y la capacidad de oferta, las corrientes de
recursos y la deuda externa, las inversiones extranjeras directas y de valores en
cartera y el acceso a la tecnología y, en ese contexto, pide también al Secretario
General que presente un informe basado en las recomendaciones de la Junta de
Comercio y Desarrollo sobre África en cuanto a las medidas adoptadas a ese
respecto, con especial hincapié en las cuestiones de comercio de África para su
examen por la Asamblea General en su quincuagésimo sexto período de sesiones, en
el marco del tema titulado “Comercio internacional y desarrollo”;
15. Destaca la necesidad de prestar especial atención, en el contexto de la
cooperación internacional en materia de comercio y desarrollo, al cumplimiento de
los múltiples compromisos internacionales de desarrollo destinados a atender las
necesidades y los problemas especiales del desarrollo de los pequeños Estados
insulares en desarrollo y de los países en desarrollo sin litoral, y la necesidad de
reconocer que los países en desarrollo que prestan servicios de tránsito necesitan un
apoyo adecuado para mantener y mejorar su infraestructura de tránsito;
16. Reitera la necesidad de que la Conferencia de las Naciones Unidas sobre
Comercio y Desarrollo incremente su contribución a la ejecución del Programa
de Acción para el desarrollo sostenible de los pequeños Estados insulares en
desarrollo 12 y del documento de examen 13, a fin de afrontar los problemas concretos
de los pequeños Estados insulares en desarrollo en sus esfuerzos por lograr la
diversificación, el fomento de la capacidad y mejores oportunidades de acceso a los
mercados con miras a integrarse de manera efectiva en la economía mundial;
17. Reitera también la importancia de que todos los miembros de la
Organización Mundial del Comercio apliquen efectivamente todas las disposiciones
del Acta Final en que se incorporan los resultados de la Ronda Uruguay de
negociaciones comerciales multilaterales 14, teniendo en cuenta los intereses
concretos de los países en desarrollo con el fin de promover al máximo el
crecimiento económico y los beneficios del desarrollo para todos, y la necesidad de
11
A/54/15 (Part V), cap. I, secc. C, conclusiones convenidas 458 (XLVI). Para el texto definitivo, véase
Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo cuarto período de sesiones, Suplemento
No. 15.
12
Informe de la Conferencia Mundial sobre el Desarrollo Sostenible de los Pequeños Estados Insulares en
Desarrollo, Bridgetown (Barbados), 25 de abril a 6 de mayo de 1994 (publicación de las Naciones Unidas,
número de venta: S.94.I.18 y corrección), cap. I, resolución 1, anexo II.
13
Véase resolución S-22/2, anexo.
14
Véase Instrumentos jurídicos que contienen los resultados de la Ronda Uruguay de negociaciones
comerciales multilaterales, hechos en Marrakech el 15 de abril de 1994 (publicación de la secretaría del
GATT, número de venta: GATT/1994–7).
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