A/RES/55/182 y Desarrollo con respecto a África 11; alienta una vez más al Secretario General de las Naciones Unidas a que establezca el nuevo subprograma sobre África previsto en el Plan de Acción 3 ; y destaca también la importancia de una mayor cooperación entre organismos, la cual ha demostrado su eficacia a través de los programas integrados conjuntos de asistencia técnica en determinados países menos adelantados de África y otros países africanos; 14. Pide al Secretario General que vele por que la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo, en las esferas que competen a su mandato, inicie el proceso preparatorio para el examen y la evaluación finales de la ejecución del Nuevo Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo de África en el Decenio de 1990, que se cumplirá en el año 2002, dedicado en particular al acceso a los mercados, la diversificación y la capacidad de oferta, las corrientes de recursos y la deuda externa, las inversiones extranjeras directas y de valores en cartera y el acceso a la tecnología y, en ese contexto, pide también al Secretario General que presente un informe basado en las recomendaciones de la Junta de Comercio y Desarrollo sobre África en cuanto a las medidas adoptadas a ese respecto, con especial hincapié en las cuestiones de comercio de África para su examen por la Asamblea General en su quincuagésimo sexto período de sesiones, en el marco del tema titulado “Comercio internacional y desarrollo”; 15. Destaca la necesidad de prestar especial atención, en el contexto de la cooperación internacional en materia de comercio y desarrollo, al cumplimiento de los múltiples compromisos internacionales de desarrollo destinados a atender las necesidades y los problemas especiales del desarrollo de los pequeños Estados insulares en desarrollo y de los países en desarrollo sin litoral, y la necesidad de reconocer que los países en desarrollo que prestan servicios de tránsito necesitan un apoyo adecuado para mantener y mejorar su infraestructura de tránsito; 16. Reitera la necesidad de que la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo incremente su contribución a la ejecución del Programa de Acción para el desarrollo sostenible de los pequeños Estados insulares en desarrollo 12 y del documento de examen 13, a fin de afrontar los problemas concretos de los pequeños Estados insulares en desarrollo en sus esfuerzos por lograr la diversificación, el fomento de la capacidad y mejores oportunidades de acceso a los mercados con miras a integrarse de manera efectiva en la economía mundial; 17. Reitera también la importancia de que todos los miembros de la Organización Mundial del Comercio apliquen efectivamente todas las disposiciones del Acta Final en que se incorporan los resultados de la Ronda Uruguay de negociaciones comerciales multilaterales 14, teniendo en cuenta los intereses concretos de los países en desarrollo con el fin de promover al máximo el crecimiento económico y los beneficios del desarrollo para todos, y la necesidad de 11 A/54/15 (Part V), cap. I, secc. C, conclusiones convenidas 458 (XLVI). Para el texto definitivo, véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo cuarto período de sesiones, Suplemento No. 15. 12 Informe de la Conferencia Mundial sobre el Desarrollo Sostenible de los Pequeños Estados Insulares en Desarrollo, Bridgetown (Barbados), 25 de abril a 6 de mayo de 1994 (publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.94.I.18 y corrección), cap. I, resolución 1, anexo II. 13 Véase resolución S-22/2, anexo. 14 Véase Instrumentos jurídicos que contienen los resultados de la Ronda Uruguay de negociaciones comerciales multilaterales, hechos en Marrakech el 15 de abril de 1994 (publicación de la secretaría del GATT, número de venta: GATT/1994–7). 5

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