Seguimiento del 20º aniversario del Año Internacional
de la Familia y necesidades futuras
A/RES/74/124
acompañados de otras medidas, como el acceso a los servicios básicos, la educación
de gran calidad y los servicios de atención sanitaria;
9.
Alienta además a los Estados Miembros a que proporcionen identidad
jurídica, incluidos el registro de los nacimientos, de conformidad con el derecho
internacional, incluidas las disposiciones pertinentes de la Convención sobre los
Derechos del Niño 3 y del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos 4, y el
registro de las defunciones, como medio de promover, entre otras cosas, sociedades
pacíficas e inclusivas para el desarrollo sostenible;
10. Alienta a los Estados Miembros a que inviertan en la formació n parental
como instrumento para mejorar el bienestar infantil y prevenir todas las formas de
violencia contra los niños y las niñas, incluso promoviendo las formas de disciplina
no violentas;
11. Alienta también a los Estados Miembros a que mejoren la recopilación y
utilización de datos desglosados por edad, sexo y otros criterios pertinentes, para la
formulación y evaluación de las políticas y los programas con orientación familiar a
fin de responder eficazmente a los retos que enfrentan las familias y a provechar su
contribución al desarrollo;
12. Alienta a los Gobiernos a que presten apoyo al fondo fiduciario de las
Naciones Unidas para las actividades relacionadas con la familia;
13. Alienta a los Estados Miembros a que refuercen la cooperación con t odas
las instancias pertinentes, como las entidades de las Naciones Unidas, la sociedad
civil, las instituciones académicas y el sector privado, en la formulación y aplicación
de las políticas y los programas con orientación familiar pertinentes;
14. Alienta una mayor colaboración entre el Departamento de Asuntos
Económicos y Sociales de la Secretaría y las entidades, los organismos, los fondos y
los programas de las Naciones Unidas, así como otras organizaciones
intergubernamentales y no gubernamentales competentes que se ocupan de la familia,
y la intensificación de las actividades de investigación y concienciación relacionadas
con los objetivos del Año Internacional y sus procesos de seguimiento;
15. Solicita a la coordinadora para la familia del Departamento de Asuntos
Económicos y Sociales que intensifique su colaboración con las comisiones
regionales, los fondos y los programas, recomienda que se reafirmen las funciones de
los coordinadores dentro del sistema de las Naciones Unidas, e invita a los E stados
Miembros a que aumenten las actividades de cooperación técnica, consideren la
posibilidad de dar más protagonismo a las comisiones regionales en cuestiones
relativas a la familia y sigan aportando recursos para esas actividades, faciliten la
coordinación de las organizaciones no gubernamentales nacionales e internacionales
en cuestiones relativas a la familia y refuercen la cooperación con todas las instancias
pertinentes para promover esas cuestiones y forjar alianzas en este ámbito;
16. Exhorta a los Estados Miembros y a los organismos y órganos del sistema
de las Naciones Unidas a que, en consulta con la sociedad civil y otras instancias
competentes, sigan proporcionando información sobre sus actividades, incluidas
las buenas prácticas en los planos nacional, regional e internacional, como los foros
pertinentes de las Naciones Unidas, para apoyar los objetivos del Año Internacional
y sus procesos de seguimiento, información que figurará en el informe del
Secretario General;
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Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1577, núm. 27531.
Véase la resolución 2200 A (XXI), anexo.
19-22044