A/RES/57/334
Observando con reconocimiento que se han hecho contribuciones voluntarias
a la Misión,
Consciente de que es indispensable proporcionar a la Misión los recursos
financieros necesarios para que pueda saldar sus obligaciones pendientes de pago,
1.
Toma nota del estado de las contribuciones para la Misión de las
Naciones Unidas en Bosnia y Herzegovina al 31 de marzo de 2003, en particular de
las cuotas pendientes de pago por valor de 59 millones de dólares de los Estados
Unidos, que constituyen aproximadamente el 6% del total de las cuotas, observa con
preocupación que sólo treinta y tres Estados Miembros han pagado íntegramente sus
cuotas, e insta a todos los demás Estados Miembros, en particular a los que están
en mora, a que paguen las cuotas que adeudan;
2.
Expresa su reconocimiento a los Estados Miembros que han pagado
íntegramente sus cuotas, e insta a todos los demás Estados Miembros a que hagan
todo lo posible por pagar íntegramente sus cuotas para la Misión;
3.
Expresa preocupación por las demoras a que ha tenido que hacer frente el
Secretario General a la hora de desplegar algunas misiones recientes de mantenimiento
de la paz, en particular en África, y de proporcionarles recursos suficientes;
4.
Hace hincapié en que todas las misiones de mantenimiento de la paz
en curso y futuras deben recibir un trato igual y no discriminatorio con respecto
a las disposiciones financieras y administrativas;
5.
Hace hincapié también en que deben proporcionarse recursos suficientes
a todas las misiones de mantenimiento de la paz para que cumplan sus respectivos
mandatos con eficacia y eficiencia;
6.
Hace suyas las conclusiones y recomendaciones que figuran en el
informe de la Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos y de Presupuesto 4, y
pide al Secretario General que vele por su cabal aplicación;
7.
Toma nota del informe del Secretario General sobre la ejecución
financiera de la Misión correspondiente al período comprendido entre el 1° de julio
de 2001 y el 30 de junio de 2002 1;
8.
Decide que, en el caso de los Estados Miembros que hayan cumplido sus
obligaciones financieras con la Misión, se les acrediten las partes que les
correspondan del saldo no comprometido y otros ingresos, que ascienden a un total
de 15.020.400 dólares en relación con el ejercicio económico terminado el 30 de
junio de 2002, de conformidad con los niveles establecidos en su resolución 55/235,
con los ajustes hechos en sus resoluciones 55/236, de 23 de diciembre de 2000, y
57/290 A, de 20 de diciembre de 2002, y teniendo en cuenta la escala de cuotas para
el año 2002, que figura en sus resoluciones 55/5 B, de 23 de diciembre de 2000,
y 57/4 B, de 20 de diciembre de 2002;
9.
Decide también que, en el caso de los Estados Miembros que no hayan
cumplido sus obligaciones financieras con la Misión, se deduzcan de sus
obligaciones pendientes de pago las partes que les correspondan del saldo no
comprometido y otros ingresos que ascienden a un total de 15.020.400 dólares en
relación con el ejercicio económico terminado el 30 de junio de 2002, de
conformidad con las modalidades previstas en el párrafo 8 supra;
_______________
4
2
Véase A/57/773.
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