El derecho a la educación: seguimiento de la resolución 8/4 del Consejo de Derechos Humanos (2019), para. 24
Párrafo- Document
- Paragraph text
- 3. Insta también a todos los Estados a ampliar las oportunidades educativas para todos, sin discriminación, en particular poniendo en marcha programas especiales para luchar contra las desigualdades, incluidas las barreras a la accesibilidad y la discriminación de las mujeres y las niñas en la educación, reconociendo la notable importancia de invertir en la enseñanza pública, hasta el máximo de los recursos disponibles; a aumentar y mejorar la financiación interna y externa de la educación, como se establece en la Declaración de Incheon: Educación 2030 – Hacia una educación inclusiva y equitativa de calidad y un aprendizaje a lo largo de la vida para todos, y en el Marco de Acción Educación 2030; a velar por que las políticas y las medidas educativas estén en consonancia con las normas y los principios de derechos humanos, incluidos los enunciados en la Declaración Universal de Derechos Humanos y en los instrumentos internacionales de derechos humanos pertinentes; y a reforzar la colaboración con todas las partes interesadas pertinentes, incluidas las comunidades, los agentes locales y la sociedad civil, para contribuir a la educación como bien público;
- Temas
- Education
- Equality & Inclusion
- Personas afectadas
- Girls
- Women
- Paragraph number
- 24
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