A/RES/69/147
Intensificación de los esfuerzos para eliminar todas
las formas de violencia contra la mujer y la niña
niñas, incluidos los factores que las hacen vulnerables a la trata, y eliminar la
demanda que fomenta toda forma de explotación y trabajo forzoso, y, cuando
corresponda, alentar a los medios de comunicación a que cumplan un papel dirigido
a eliminar la explotación de mujeres y niños;
aa) Establecer, a todos los niveles, servicios, programas y respuestas
multisectoriales que sean completos, coordinados, interdisciplinarios, accesibles y
sostenidos y proporcionen protección y apoyo inmediatos que sean accesibles y
estén disponibles también en las zonas rurales y proporcionen a todas las mujeres
expuestas a la violencia o que hayan sido víctimas de ella y a sus hijos refugio y
asistencia jurídica, sanitaria y psicológica, así como asesoramiento y otros servicios,
y promover la colaboración y la coordinación entre organismos en los casos en que
esos centros de servicios integrados no sean viables;
bb) Alentar el establecimiento, el refuerzo o el apoyo de líneas de ayuda
nacionales y locales que faciliten servicios de información, asesoramiento, apoyo y
remisión para las mujeres expuestas a la violencia o víctimas de ella;
cc) Asegurar que el sistema penitenciario y los servicios de libertad vigilada
ofrezcan a los autores de actos de violencia contra la mujer programas de
rehabilitación apropiados, como medida preventiva contra la reincidencia y parte de
una respuesta integrada a dicha violencia, y que den la máxima prioridad a la
seguridad de mujeres y niñas;
dd) Adoptar un enfoque basado en el ciclo vital para las actividades
encaminadas a poner fin a la discriminación y la violencia contra la mujer y la niña
y asegurar que las cuestiones específicas que afectan a las mujeres de edad sean más
visibles y reciban más atención;
21. Insta a la comunidad internacional, incluido el sistema de las Naciones
Unidas y, según corresponda, las organizaciones regionales y subregionales, a que
respalden las iniciativas nacionales para promover el empoderamiento de la mujer y
la niña y la igualdad entre los géneros a fin de mejorar las iniciativas nacionales
para eliminar la violencia contra la mujer y la niña, inclusive ayudando a los países
que lo soliciten a preparar y aplicar planes de acción nacionales sobre la eliminación
de la violencia contra la mujer y la niña, por ejemplo mediante la asistencia oficial
para el desarrollo y otros tipos de asistencia adecuada, como la facilitación del
intercambio de directrices, metodologías y mejores prácticas, teniendo en cuenta las
prioridades nacionales;
22. Destaca la labor de los tribunales penales internacionales especiales y de
la Corte Penal Internacional, que contribuyen a poner fin a la impunidad castigando
a los autores de actos de violencia contra la mujer y asegurando que rindan cuenta
de esos actos, e insta a los Estados a que consideren con carácter prioritario la
posibilidad de ratificar el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, que
entró en vigor el 1 de julio de 2002, o de adherirse a él;
23. Exhorta al Comité Interinstitucional Asesor de Programas del Fondo
Fiduciario de las Naciones Unidas en Apoyo de las Medidas para Eliminar la
Violencia contra la Mujer a que, en consulta con la Red Interinstitucional sobre la
Mujer y la Igualdad entre los Géneros, siga proporcionando orientación sobre
la aplicación de la estrategia del Fondo Fiduciario para el período 2010-2015 y
potencie aún más su eficacia como mecanismo de financiación de todo el sistema
para la prevención y reparación de todas las formas de violencia contra la mujer y la
niña, y a que tenga debidamente en cuenta, entre otras cosas, las conclusiones y
recomendaciones derivadas de la evaluación externa del Fondo Fiduciario;
14/16