A/RES/49/67
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tema de su programa titulado "Función de la ciencia y la tecnología en el
contexto de la seguridad internacional, el desarme y otras esferas
conexas" 1/,
Convencida de que una auténtica no proliferación sólo podrá conseguirse
cuando la transferencia de tecnología avanzada con aplicaciones para fines
militares se haga de conformidad con tratados jurídicos universalmente
aceptados, multilateralmente negociados y no discriminatorios,
1.
Acoge con beneplácito el informe del Secretario General titulado
"Avances científicos y tecnológicos y su repercusión en la seguridad
internacional" 2/, presentado en cumplimiento de la resolución 48/66, de 16
de diciembre de 1993;
2.
Conviene plenamente en el parecer de que la aplicación de nuevas
tecnologías para un mejoramiento cualitativo de los sistemas de armas redunda
en detrimento de los esfuerzos por reducir y eliminar los arsenales
existentes 3/;
3.
Pide al Secretario General que observe los avances científicos y
tecnológicos y haga la evaluación pertinente en consonancia con los criterios
presentados a la Asamblea General en su cuadragésimo quinto período de
sesiones 4/ y que le presente un informe en su quincuagésimo período de
sesiones;
4.
Pide también al Secretario General que prepare una base de datos
sobre las instituciones de investigación y los expertos interesados, con miras
a promover la transparencia y la cooperación internacional en las aplicaciones
de los adelantos científicos y tecnológicos para la consecución de objetivos
en materia de desarme tales como la eliminación de armas, la conversión, la
verificación, entre otros;
5.
Invita a todos los Estados Miembros a que comuniquen al Secretario
General sus opiniones y sus evaluaciones;
6.
Decide incluir en el programa provisional de su quincuagésimo
período de sesiones el tema titulado "Avances científicos y tecnológicos y su
repercusión en la seguridad internacional".
90ª sesión plenaria
15 de diciembre de 1994
1/
Documentos Oficiales de la Asamblea General, cuadragésimo noveno
período de sesiones, Suplemento No. 42 (A/49/42), párr. 22 (párr. 6 del texto
citado).
2/
A/49/502.
3/
Ibíd., párr. 7.
4/
A/45/568.