Naciones Unidas
Asamblea General
A/HRC/RES/55/4
Distr. general
5 de abril de 2024
Español
Original: inglés
Consejo de Derechos Humanos
55º período de sesiones
26 de febrero a 5 de abril de 2024
Tema 3 de la agenda
Promoción y protección de todos los derechos humanos,
civiles, políticos, económicos, sociales y culturales,
incluido el derecho al desarrollo
Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos
el 3 de abril de 2024
55/4.
El derecho a la alimentación
El Consejo de Derechos Humanos,
Recordando todas las resoluciones anteriores de la Asamblea General y del Consejo
de Derechos Humanos sobre el derecho a la alimentación, así como todas las resoluciones
aprobadas al respecto por la Comisión de Derechos Humanos,
Recordando también la Declaración Universal de Derechos Humanos, que dispone
que toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure la salud y el
bienestar, incluida la alimentación, así como la Declaración Universal sobre la Erradicación
del Hambre y la Malnutrición, la Declaración del Milenio, en particular el primer Objetivo
de Desarrollo del Milenio, sobre la erradicación de la pobreza extrema y el hambre para 2015,
y la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, especialmente los Objetivos de Desarrollo
Sostenible consistentes en poner fin al hambre a todas las formas de malnutrición, lograr la
seguridad alimentaria y la mejora de la nutrición, promover la agricultura sostenible y poner
fin a la pobreza en todas sus formas y en todo el mundo,
Recordando además las disposiciones del Pacto Internacional de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales en que se reconoce el derecho fundamental de toda
persona a no padecer hambre,
Recordando la Agenda de Acción de Addis Abeba de la Tercera Conferencia
Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo, uno de cuyos pilares estratégicos se
centra en incrementar los esfuerzos de financiación para poner fin al hambre y a todas las
formas de malnutrición, apoyar la agricultura y los sistemas alimentarios sostenibles,
revitalizar el sector agrícola, promover el desarrollo rural y garantizar la seguridad
alimentaria y la nutrición,
Recordando también la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los
Pueblos Indígenas y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los
Campesinos y de Otras Personas que Trabajan en las Zonas Rurales,
Reafirmando que todos los derechos humanos son universales, indivisibles e
interdependientes y están relacionados entre sí, y que deben tratarse en forma global y de
manera justa y equitativa, en pie de igualdad y dándoles a todos el mismo peso,
GE.24-06165 (S)
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