Naciones Unidas Asamblea General A/HRC/RES/55/4 Distr. general 5 de abril de 2024 Español Original: inglés Consejo de Derechos Humanos 55º período de sesiones 26 de febrero a 5 de abril de 2024 Tema 3 de la agenda Promoción y protección de todos los derechos humanos, civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, incluido el derecho al desarrollo Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos el 3 de abril de 2024 55/4. El derecho a la alimentación El Consejo de Derechos Humanos, Recordando todas las resoluciones anteriores de la Asamblea General y del Consejo de Derechos Humanos sobre el derecho a la alimentación, así como todas las resoluciones aprobadas al respecto por la Comisión de Derechos Humanos, Recordando también la Declaración Universal de Derechos Humanos, que dispone que toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure la salud y el bienestar, incluida la alimentación, así como la Declaración Universal sobre la Erradicación del Hambre y la Malnutrición, la Declaración del Milenio, en particular el primer Objetivo de Desarrollo del Milenio, sobre la erradicación de la pobreza extrema y el hambre para 2015, y la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, especialmente los Objetivos de Desarrollo Sostenible consistentes en poner fin al hambre a todas las formas de malnutrición, lograr la seguridad alimentaria y la mejora de la nutrición, promover la agricultura sostenible y poner fin a la pobreza en todas sus formas y en todo el mundo, Recordando además las disposiciones del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en que se reconoce el derecho fundamental de toda persona a no padecer hambre, Recordando la Agenda de Acción de Addis Abeba de la Tercera Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo, uno de cuyos pilares estratégicos se centra en incrementar los esfuerzos de financiación para poner fin al hambre y a todas las formas de malnutrición, apoyar la agricultura y los sistemas alimentarios sostenibles, revitalizar el sector agrícola, promover el desarrollo rural y garantizar la seguridad alimentaria y la nutrición, Recordando también la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Campesinos y de Otras Personas que Trabajan en las Zonas Rurales, Reafirmando que todos los derechos humanos son universales, indivisibles e interdependientes y están relacionados entre sí, y que deben tratarse en forma global y de manera justa y equitativa, en pie de igualdad y dándoles a todos el mismo peso, GE.24-06165 (S) 170524 210524

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