A NACIONES UNIDAS Asamblea General Distr. GENERAL A/RES/51/73 12 de febrero de 1997 Quincuagésimo primer período de sesiones Tema 105 del programa RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL [sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/51/614)] 51/73. Asistencia a los menores refugiados no acompañados La Asamblea General, Recordando sus resoluciones 49/172, de 23 de diciembre de 1994, y 50/150, de 21 de diciembre de 1995, Consciente del hecho de que la mayoría de los refugiados son niños y mujeres, Teniendo presente que los menores refugiados no acompañados se cuentan entre los refugiados más vulnerables y se hallan expuestos al abandono, la violencia, el reclutamiento militar forzado, las agresiones sexuales y otros abusos, y por tanto requieren asistencia y cuidados especiales, Consciente de que la solución definitiva de la difícil situación de esos menores no acompañados consiste en que regresen y se reúnan con sus familias, Tomando nota de las directrices revisadas sobre los niños refugiados publicadas en mayo de 1994 por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, y de la preparación por la Oficina del Alto Comisionado, el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia y algunas organizaciones no gubernamentales de un equipo de materiales de emergencia para facilitar la coordinación y poder atender mejor a las necesidades de los menores no acompañados, Tomando nota con satisfacción de la labor de identificación y la búsqueda de menores refugiados no acompañados realizada por la Oficina del Alto Comisionado y acogiendo con beneplácito sus esfuerzos por reunificar a los miembros de las familias de los refugiados, 97-76768 /...

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