A
NACIONES
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/51/73
12 de febrero de 1997
Quincuagésimo primer período de sesiones
Tema 105 del programa
RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/51/614)]
51/73.
Asistencia a los menores refugiados no
acompañados
La Asamblea General,
Recordando sus resoluciones 49/172, de 23 de diciembre de 1994, y
50/150, de 21 de diciembre de 1995,
Consciente del hecho de que la mayoría de los refugiados son niños y
mujeres,
Teniendo presente que los menores refugiados no acompañados se cuentan
entre los refugiados más vulnerables y se hallan expuestos al abandono, la
violencia, el reclutamiento militar forzado, las agresiones sexuales y otros
abusos, y por tanto requieren asistencia y cuidados especiales,
Consciente de que la solución definitiva de la difícil situación de esos
menores no acompañados consiste en que regresen y se reúnan con sus familias,
Tomando nota de las directrices revisadas sobre los niños refugiados
publicadas en mayo de 1994 por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones
Unidas para los Refugiados, y de la preparación por la Oficina del Alto
Comisionado, el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia y algunas
organizaciones no gubernamentales de un equipo de materiales de emergencia
para facilitar la coordinación y poder atender mejor a las necesidades de los
menores no acompañados,
Tomando nota con satisfacción de la labor de identificación y la
búsqueda de menores refugiados no acompañados realizada por la Oficina del
Alto Comisionado y acogiendo con beneplácito sus esfuerzos por reunificar a
los miembros de las familias de los refugiados,
97-76768
/...