A/RES/73/264
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
22 de enero de 2019
Septuagésimo tercer período de sesiones
Tema 74 c) del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General
el 22 de diciembre de 2018
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/73/589/Add.3)]
73/264.
Situación de los derechos humanos en Myanmar
La Asamblea General,
Guiada por la Carta de las Naciones Unidas y la Declaración Universal de
Derechos Humanos 1, los Pactos Internacionales de Derechos Humanos 2, la Convención
sobre los Derechos del Niño 3 y otros instrumentos pertinentes del derecho internacional
y del derecho de los derechos humanos,
Observando la importante función de las organizaciones regionales en los
esfuerzos por lograr el arreglo pacífico de las controversias de carácter local, como se
estipula en el Capítulo VIII de la Carta,
Reafirmando sus resoluciones anteriores relativas a la situación de los derechos
humanos en Myanmar, la más reciente de las cuales es la resolución 72/248, de 24 de
diciembre de 2017, y recordando las resoluciones y decisiones del Consejo de Derechos
Humanos, las más recientes de las cuales son las resoluciones 39/2, de 27 de septiembre
de 20184, 37/32, de 23 de marzo de 2018 5, y S-27/1, de 5 de diciembre de 2017 6, así
como la declaración de la Presidencia del Consejo de Seguridad emitida el 6 de
noviembre de 2017 7,
Acogiendo con beneplácito el nombramiento por el Secretario General de una
Enviada Especial sobre Myanmar, la cooperación del Gobierno de Myanmar con la
Enviada Especial y el acuerdo sobre la apertura de su oficina en Nay Pyi Taw, y
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18-22647 (S)
Resolución 217 A (III).
Resolución 2200 A (XXI), anexo.
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1577, núm. 27531.
Véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, septuagésimo tercer período de sesiones,
Suplemento núm. 53 A (A/73/53/Add.1), cap. II.
Ibid., Suplemento núm. 53 (A/73/53), cap. IV, secc. A.
Ibid., cap. III.
S/PRST/2017/22.
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