Revisión cuadrienal amplia de la política relativa a las actividades operacionales del sistema de las Naciones Unidas para el desarrollo A/RES/75/233 compromiso de trabajar sin descanso a fin de conseguir la plena implementación de la Agenda a más tardar en 2030, su reconocimiento de que la erradicación de la pobreza en todas sus formas y dimensiones, incluida la pobreza extrema, es el mayor desafío a que se enfrenta el mundo y constituye un requisito indispensable para el desarrollo sostenible, y su compromiso de lograr el desarrollo sostenible en sus tres dimensiones —económica, social y ambiental— de forma equilibrada e integrada y de que se aprovecharán los logros de los Objetivos de Desarrollo del Milenio y se procurará abordar los asuntos pendientes, Reafirmando también su resolución 69/313, de 27 de julio de 2015, relativa a la Agenda de Acción de Addis Abeba de la Tercera Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo, que es una parte integral de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, la apoya y complementa, ayuda a contextualizar las metas relativas a sus medios de aplicación con políticas y medidas concretas, y reafirma el resuelto compromiso político de hacer frente al problema de la financiación y de la creación de un entorno propicio a todos los niveles para el desarrollo sostenible, en un espíritu de alianza y solidaridad mundiales, Reafirmando el Acuerdo de París 1 , y alentando a todas las partes a que lo apliquen plenamente, y alentando a las partes en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático 2 que aún no lo hayan hecho a que depositen sus instrumentos de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión, según corresponda, lo antes posible, Reconociendo que el logro de los tres objetivos del Convenio sobre la Diversidad Biológica 3 es crucial para la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, que el cambio climático es una de las causas crecientes de la pérdida de diversidad biológica y la degradación de los ecosistemas, y que la conservación, la restauración y el uso sostenible de la diversidad biológica, y las funciones y los servicios de los ecosistemas, contribuyen significativamente a la mitigación del cambio climático y la adaptación a ese fenómeno, la reducción del riesgo de desastres y la seguridad alimentaria y la nutrición, y reconociendo que combatir el cambio climático y la pérdida de diversidad biológica y promover modalidades de consumo y producción sostenibles pueden acelerar la erradicación de la pobreza en todas sus formas y dimensiones y la implementación de la Agenda 2030, Recordando su resolución 69/283, de 3 de junio de 2015, relativa al Marco de Sendái para la Reducción del Riesgo de Desastres 2015-2030, y su resolución 71/256, de 23 de diciembre de 2016, en cuyo anexo figura la Nueva Agenda Urbana, así como todos los demás resultados de las grandes conferencias y cumbres d e las Naciones Unidas en las esferas económica, social y ambiental y esferas conexas, y los objetivos de desarrollo convenidos internacionalmente, incluidos los Objetivos de Desarrollo Sostenible, y reconociendo el papel vital desempeñado por dichas confer encias y cumbres para configurar una visión amplia del desarrollo y determinar los objetivos comunes, que han ayudado a comprender los retos que entraña mejorar la vida humana en distintas partes del mundo y las medidas que deben adoptarse para superarlos, Reconociendo que no puede haber desarrollo sostenible sin paz, ni paz sin desarrollo sostenible, y que las actividades de desarrollo que realizan las entidades del sistema de las Naciones Unidas para el desarrollo, de conformidad con sus respectivos mandatos, apoyando la implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible en los países que se encuentran en situaciones de conflicto y posconflicto, previa solicitud de estos países y conforme al control, los planes y las __________________ 1 2 3 2/27 Véase FCCC/CP/2015/10/Add.1, decisión 1/CP.21, anexo. Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1771, núm. 30822. Ibid., vol. 1760, núm. 30619. 20-17649

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