E/CN.6/2024/L.3
el empoderamiento de las mujeres y su participación igualitaria en la adopción de
decisiones, entre otras cosas mediante el empleo pleno y productivo y el trabajo
decente, viviendas y refugios seguros y asequibles, protección social integral y
universal, servicios sociales, servicios públicos y financieros e infraestructura
sostenible;
i)
Garantizar que todas las estrategias de desarrollo respondan a las
cuestiones de género y respeten plenamente los derechos humanos, incluido el
derecho al desarrollo, presten especial atención a los más pobres, los más vulnerables
y los más rezagados, especialmente las mujeres y las niñas que viven en la pobreza o
en riesgo de caer en ella, y estén encaminadas a acabar con los obstáculos
estructurales que impiden el acceso de las mujeres y las niñas a los recursos
económicos;
j)
Abordar urgentemente los desafíos planteados por los impactos del cambio
climático, la pérdida de biodiversidad, la degradación ambiental y los desastres
causados por amenazas naturales o antropogénicas, la subida del nivel del mar, la
erosión costera y la acidificación de los océanos, que afectan de manera
desproporcionada a las mujeres y las niñas, en particular a las que viven en la pobreza,
debido a la desigualdad de género y a la dependencia de muchas mujeres de los
recursos naturales para su subsistencia, entre otras cosas fortaleciendo la
participación, la representación y el liderazgo plenos, igualitarios y significativos de
las mujeres en todos los niveles de la adopción de decisiones en la acción climática y
ambiental, con inclusión de la ciencia, la tecnología, la investigación y el desarrollo,
y promoviendo la integración de una perspectiva de género en las políticas
ambientales y de cambio climático, en particular en la formulación y aplicación de
políticas y planes nacionales relacionados con las convenciones de las Naciones
Unidas sobre el medio ambiente, según proceda, y el Marco de Sendái para la
Reducción del Riesgo de Desastres; fortalecer, proteger, salvaguardar y preservar los
conocimientos y prácticas locales, indígenas y tradicionales en diferentes sectores; y
mejorar la resiliencia ante el clima y ampliar el acceso de todas las mujeres y niñas a
la educación, a oportunidades de subsistencia adecuadas, a instalaciones e
infraestructura sanitarias y a otros servicios básicos, especialmente en situaciones de
desastre, socorro y emergencia humanitaria;
k)
Dotar a los mecanismos nacionales de igualdad de género y a las entidades
que se encargan de las políticas relativas al cambio climático, el medio ambiente y la
gestión y la reducción del riesgo de desastres, entre otros, de los recursos humanos y
financieros adecuados para garantizar que se integre una perspectiva de género en el
diseño, la ejecución y la evaluación de las políticas, los programas y los proyectos
pertinentes; facilitar a las mujeres, las organizaciones de base de mujeres y jóvenes y
las mujeres indígenas que lideran los esfuerzos locales de adaptación y mitigación un
acceso adecuado y simplificado a la financiación y desarrollar sus capacidades, entre
otras cosas mediante la transferencia de tecnología en condiciones fijadas de común
acuerdo; y promover la prestación de bienes y servicios públicos de calidad que
beneficien a las mujeres y las niñas que padecen pobreza;
l)
Velar por que se tengan en cuenta las perspectivas de las mujeres, y de las
niñas cuando proceda, en las situaciones de conflicto armado y posteriores a los
conflictos y en las emergencias humanitarias, y por que participen de manera efectiva
y significativa, en igualdad de condiciones con los hombres, en el diseño, la
aplicación, el seguimiento y la evaluación de las políticas y actividades relacionadas
con la prevención de conflictos, la mediación para la paz, la consolidación de la paz
y la reconstrucción posterior a los conflictos, así como por que se tenga en cuenta la
perspectiva de las mujeres y las niñas que son desplazadas internas y refugiadas; y
velar por que se respeten y protejan plenamente los derechos humanos de todas las
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