E/CN.6/2024/L.3 y durante ellos, incluidas las que viven en la pobreza, proporcionando atención antenatal y posnatal, un número suficiente de profesionales cualificados para atender partos y centros de parto dotados de los suministros adecuados, intervenciones tales como la mejora del transporte y la infraestructura sanitaria para garantizar que las mujeres puedan acceder a servicios obstétricos de urgencia, y la capacitación y la entrega de equipo a trabajadores sanitarios, enfermeros y profesionales cualificados de la comunidad para que proporcionen atención prenatal y posnatal básica y atención obstétrica de urgencia, entre otras cosas proporcionando planificación familiar voluntaria e informada y capacitando a las mujeres para que reconozcan los factores de riesgo y las complicaciones del embarazo y el parto y facilitando su acceso a las instalaciones sanitarias, incluso en abordando la pobreza y reforzando las instituciones y la financiación con una perspectiva de género; kk) Garantizar el acceso universal a la salud sexual y reproductiva y los derechos reproductivos de conformidad con el Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo y la Plataforma de Acción d e Beijing y los documentos finales de sus conferencias de examen, en particular el acceso universal a los servicios de atención de la salud sexual y reproductiva, entre ellos los de planificación familiar, y a la información y la educación al respecto, y l a integración de la salud reproductiva en las estrategias y los programas nacionales, y reconociendo que los derechos humanos de las mujeres incluyen su derecho a tener control sobre todas las cuestiones relacionadas con su sexualidad, incluida la salud sexual y reproductiva, y a adoptar decisiones al respecto de manera libre y responsable, sin coacción, discriminación ni violencia, como contribución al logro de la igualdad entre los géneros y el empoderamiento de las mujeres y del goce efectivo de sus derechos humanos, en particular la labor de hacer frente a la pobreza y fortalecer las instituciones y la financiación con una perspectiva de género; ll) Aumentar las inversiones financieras en sistemas y establecimientos públicos de atención sanitaria de calidad, asequibles, resilientes y accesibles, y en servicios preventivos, de diagnóstico, curativos y de rehabilitación y servicios de salud sexual y reproductiva, así como en tecnologías sanitarias, así como en tecnologías sanitarias y, entre ellas, tecnologías sanitarias digitales y herramientas digitales desarrolladas para la salud y el bienestar de las mujeres y las niñas; promover el trabajo decente con una remuneración adecuada para las mujeres que trabajan en los sectores sanitario y social, la retención efectiva y la distribución equitativa y amplia del personal sanitario, y la creación de capacidad para optimizar el personal sanitario existente; hacer frente a todas las enfermedades raras, transmisibles y no transmisibles, incluidos el VIH y el sida, y las enfermedades tropicales transmitidas por el agua y desatendidas, y proporcionar información sobre nutrición y estilos de vida saludables, incluso mediante la divulgación comunitaria y la participación del sector privado, y con el apoyo de la comunidad internacional, con miras a apoyar el camino de cada país hacia el logro de la cobertura sanitaria universal para todas las mujeres y las niñas, incluidas las que viven en la pobreza; mm) Elaborar políticas y programas con el apoyo, según corresponda, de las organizaciones internacionales, la sociedad civil y las organizaciones no gubernamentales, dando prioridad a los programas de educación formal, informal y no formal, en particular una educación que sea exacta desde el punto de vista científico, adecuada a la edad, amplia y pertinente para los contextos culturales, que proporcione a los adolescentes y a los jóvenes de ambos sexos, dentro y fuera de la escuela, en consonancia con la evolución de sus capacidades, y con la debida dirección y orientación de progenitores y tutores y teniendo como preocupación fundamental el interés superior de la infancia, información sobre la salud sexual y reproductiva y la prevención del VIH, la igualdad entre los géneros y el empoderamiento de las mujeres, los derechos humanos, el desarrollo físico, 22/31 24-05678

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