E/CN.6/2024/L.3 empoderamiento de todas las mujeres y las niñas. Asimismo, reconoce que la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, las Modalidades de Acción Acelerada para los Pequeños Estados Insulares en Desarrollo (Trayectoria de Samoa) 14, el Marco de Sendái para la Reducción del Riesgo de Desastres 2015-2030 15, la Agenda de Acción de Addis Abeba de la Tercera Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo 16, la Nueva Agenda Urbana 17, la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social y la declaración política de la reunión de alto nivel sobre la cobertura sanitaria universal 18 contribuyen a, entre otras cosas, lograr la igualdad de género y el empoderamiento de todas las mujeres y las niñas y la plena realización de todos sus derechos humanos y libertades fundamentales haciendo frente a la pobreza y fortaleciendo las instituciones y la financiación con una perspectiva de género. La Comisión recuerda el Acuerdo de París, aprobado en virtud de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático19. 6. La Comisión reitera que la Agenda 2030 debe implementarse de una manera integral y que refleje su carácter universal, integrado e indivisible, teniendo en cuenta las diferentes realidades, capacidades y niveles de desarrollo de los distintos países y respetando el margen normativo y el liderazgo de cada país, pero siempre de forma compatible con el derecho internacional aplicable y los compromisos internacionales pertinentes, en particular mediante la elaboración de estrategias de desarrollo sostenible armonizadas a fin de lograr la igualdad de género y el empoderamiento de todas las mujeres y las niñas. Asimismo, afirma que los Gobiernos son los principales responsables del seguimiento y el examen de los progresos realizados respecto de la Agenda 2030 a nivel nacional, regional y mundial. 7. La Comisión recuerda además la Declaración sobre el Derecho al Desarrollo 20, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas 21 y la Declaración de Nueva York para los Refugiados y los Migrantes 22. 8. La Comisión reconoce el importante papel que cumplen los convenios, convenciones, instrumentos e iniciativas regionales, así como sus mecanismos de seguimiento, en sus respectivas regiones y países para lograr la igualdad de género y el empoderamiento de todas las mujeres y las niñas, en particular haciendo frente a la pobreza y fortaleciendo las instituciones y la financiación con una perspectiva de género. 9. La Comisión reafirma que la promoción, la protección y el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales de todas las mujeres y las niñas, incluido el derecho al desarrollo, que son universales, indivisibles e interdependientes y están interrelacionados, son fundamentales para la participación plena e igualitaria de las mujeres y las niñas en la sociedad y para el empoderamiento económico de las mujeres, y deben incorporarse en todas las políticas y programas. Asimismo, reafirma que es necesario adoptar medidas para garantizar el derecho de todas las personas a participar en el desarrollo económico, social, cultural y político, hacer aportaciones a ese desarrollo y disfrutar de él, y que deben examinarse con la misma atención y urgencia la promoción, la protección y la plena realización de los derechos civiles, __________________ 14 15 16 17 18 19 20 21 22 24-05678 Resolución 69/15 de la Asamblea General, anexo. Resolución 69/283 de la Asamblea General, anexo II. Resolución 69/313 de la Asamblea General, anexo. Resolución 71/256 de la Asamblea General, anexo. Resolución 74/2 de la Asamblea General. Véase FCCC/CP/2015/10/Add.1, decisión 1/CP.21, anexo. Resolución 41/128 de la Asamblea General, anexo. Resolución 61/295 de la Asamblea General, anexo. Resolución 71/1 de la Asamblea General. 3/31

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