A/RES/76/119
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
17 de diciembre de 2021
Septuagésimo sexto período de sesiones
Tema 87 del programa
Protección de las personas en caso de desastre
Resolución aprobada por la Asamblea General
el 9 de diciembre de 2021
[sobre la base del informe de la Sexta Comisión (A/76/495, párr. 7)]
76/119.
Protección de las personas en caso de desastre
La Asamblea General,
Recordando sus resoluciones 71/141, de 13 de diciembre de 2016, y 73/209,
de 20 de diciembre de 2018, en las que tomó nota del proyecto de artículos sobre la
protección de las personas en caso de desastre aprobado por la Comisión de Derecho
Internacional en su 68º período de sesiones 1,
Recordando también que la Comisión de Derecho Internacional decidió
recomendar a la Asamblea General la elaboración de una convención basada en el
proyecto de artículos 2,
Observando con preocupación el creciente número de desastres en el mundo,
así como su intensidad y sus repercusiones en las poblaciones afectadas,
Poniendo de relieve la importancia que siguen teniendo la codificación y el
desarrollo progresivo del derecho internacional a que se hace referencia en el
Artículo 13, párrafo 1 a), de la Carta de las Naciones Unidas,
Observando que el tema de la protección de las personas en caso de desastre
reviste gran importancia en las relaciones entre los Estados,
1.
Expresa su reconocimiento a la Comisión de Derecho Internacional por su
incesante contribución a la codificación y al desarrollo progresivo del derecho
internacional;
2.
Toma nota una vez más del proyecto de artículos sobre la protección de las
personas en caso de desastre presentado por la Comisión de Derecho Internacional;
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1
2
21-18677 (S)
Documentos Oficiales de la Asamblea General, septuagésimo primer período de sesiones,
suplemento núm. 10 (A/71/10), párr. 48.
Ibid., párr. 46.
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