A/RES/51/206 Página 2 4. Decide además que se sigan aplicando las disposiciones del párrafo 5 de la resolución 49/52 y que se observen los métodos de trabajo y los procedimientos establecidos en el anexo de la presente resolución. 88a. sesión plenaria 17 de diciembre de 1996 ANEXO Métodos de trabajo y procedimientos 1. El Grupo de Trabajo Plenario continuará su tarea aprovechando la labor ya realizada por el Comité de Redacción y el Grupo de Trabajo, tal como consta en sus informes2, incluido el informe oral del Presidente del Comité de Redacción3. 2. El Grupo de Trabajo Plenario mantendrá su Comité de Redacción, que examinará las disposiciones de los proyectos de artículo preparados por la Comisión de Derecho Internacional que no pudo examinar en sus sesiones anteriores, así como el proyecto de preámbulo y el conjunto de cláusulas finales. 3. El Grupo de Trabajo Plenario examinará otras cuestiones dimanadas de los informes a que se hace referencia en el párrafo 1 del presente anexo, incluidas las que se encuentran entre corchetes y con notas de pie de página. El Grupo de Trabajo Plenario podrá remitir al Comité de Redacción los aspectos de redacción relacionados con esas cuestiones. 4. El Grupo de Trabajo Plenario se esforzará por aprobar todos los textos mediante acuerdo general. A falta de dicho acuerdo en un plazo razonable, adoptará sus decisiones de conformidad con el reglamento de la Asamblea General. 2 A/C.6/51/NUW/WG/L.1 y Corr.1 y 2, Add.1, Add.2 y Corr.1, Add.3 y Corr.1 y Add.4 y A/C.6/51/L.3. 3 Véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo primer período de sesiones, Sexta Comisión, 24a. sesión (A/C.6/51/SR.24), y corrección.

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