A/RES/68/72
Naciones Unidas
Distr. general
16 de diciembre de 2013
Asamblea General
Sexagésimo octavo período de sesiones
Tema 48 del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 11 de diciembre de 2013
[sobre la base del informe de la Comisión Política Especial
y de Descolonización (Cuarta Comisión) (A/68/421)]
68/72.
Asistencia para las actividades relativas a las minas
La Asamblea General,
Recordando su resolución 66/69, de 9 de diciembre de 2011, y todas sus
resoluciones anteriores relativas a la asistencia para la remoción de minas y a la
asistencia para las actividades relativas a las minas, todas ellas aprobadas sin
votación,
Recordando también todos los tratados y las convenciones pertinentes 1 y sus
procesos de examen,
Observando con aprecio que el Día Internacional de Información sobre el
Peligro de las Minas y de Asistencia para las Actividades Relativas a las Minas se ha
celebrado en todo el mundo,
Reafirmando su profunda preocupación por los enormes problemas humanitarios
y para el desarrollo causados por la presencia de minas y restos explosivos de
guerra 2, que tienen consecuencias sociales y económicas graves y duraderas para las
poblaciones de los países afectados,
Teniendo presente la grave amenaza que representan las minas y los restos
explosivos de guerra, incluidas las municiones en racimo, para la seguridad, la salud
y la vida de las poblaciones civiles locales, así como del personal que participa en
los programas y operaciones humanitarios, de mantenimiento de la paz, de
rehabilitación y de remoción de minas,
_______________
1
Estos incluyen la Convención sobre la prohibición del empleo, almacenamiento, producción y
transferencia de minas antipersonal y sobre su destrucción, de 1997; el Protocolo sobre prohibiciones o
restricciones del empleo de minas, armas trampa y otros artefactos, en su forma enmendada en 1996
(Protocolo II de la Convención sobre prohibiciones o restricciones del empleo de ciertas armas
convencionales que puedan considerarse excesivamente nocivas o de efectos indiscriminados, de 1980); el
Protocolo sobre los Restos Explosivos de Guerra, de 2003 (Protocolo V de la Convención de 1980); la
Convención sobre Municiones en Racimo, de 2008; el Protocolo adicional a los Convenios de Ginebra del
12 de agosto de 1949 relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados internacionales, de
1977 (Protocolo I); y la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, de 2006.
2
Según se definen en el Protocolo V de la Convención de 1980.
13-44380
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Se ruega reciclar