A/RES/48/123
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9.
Considera necesario que todos los Estados Miembros promuevan la
cooperación internacional sobre la base del respeto de la independencia, la
soberanía y la integridad territorial de cada Estado, incluido el derecho de
todos los pueblos a elegir libremente su propio sistema socioeconómico y
político, a fin de resolver los problemas internacionales de carácter
económico, social y humanitario;
10.
Insta a todos los Estados a que cooperen con la Comisión de
Derechos Humanos en la promoción y protección de los derechos humanos y las
libertades fundamentales;
11.
Insta asimismo a todos los Estados a que fomenten la cooperación
internacional con vistas a aumentar la promoción y protección de los derechos
humanos con independencia de toda motivación política o condicionamiento;
12.
Decide que en el enfoque de la labor futura dentro del sistema de
las Naciones Unidas respecto de las cuestiones de derechos humanos se tenga en
cuenta el contenido de la Declaración sobre el derecho al desarrollo y la
necesidad de aplicarla;
13.
sesiones.
Decide examinar esta cuestión en su cuadragésimo noveno período de
85ª sesión plenaria
20 de diciembre de 1993