Protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales en la lucha contra el terrorismo (2016), para. 24
Párrafo
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Paragraph text
4. Reafirma que todas las medidas de lucha contra el terrorismo deben aplicarse de conformidad con sus obligaciones en virtud del derecho internacional, en particular el derecho de los derechos humanos, el derecho de los refugiados y el derecho humanitario, tomando así plenamente en consideración los derechos humanos de todos, incluidas las personas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas, y que, a ese respecto, tales medidas no deben ser discriminatorias por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión u origen social;