A/HRC/RES/34/24 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 3 de abril de 2017 Español Original: inglés Consejo de Derechos Humanos 34º período de sesiones 27 de febrero a 24 de marzo de 2017 Tema 4 de la agenda Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos el 24 de marzo de 2017 34/24. Situación de los derechos humanos en la República Popular Democrática de Corea El Consejo de Derechos Humanos, Guiado por la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de Derechos Humanos, los Pactos Internacionales de Derechos Humanos y otros instrumentos de derechos humanos, Recordando todas las resoluciones anteriores aprobadas por la Comisión de Derechos Humanos, el Consejo de Derechos Humanos y la Asamblea General sobre la situación de los derechos humanos en la República Popular Democrática de Corea, incluidas la resolución 31/18 del Consejo, de 23 de marzo de 2016, y la resolución 71/202 de la Asamblea, de 19 de diciembre de 2016, e instando a que se apliquen esas resoluciones, Teniendo presente el párrafo 3 de la resolución 60/251 de la Asamblea General, de 15 de marzo de 2006, Recordando sus resoluciones 5/1, sobre la construcción institucional del Consejo de Derechos Humanos, y 5/2, sobre el Código de Conducta para los Titulares de Mandatos de los Procedimientos Especiales del Consejo, de 18 de junio de 2007, y destacando que los titulares de mandatos deberán desempeñar sus funciones de conformidad con esas resoluciones y sus anexos, Destacando la importancia de dar seguimiento a las recomendaciones formuladas en el informe de la comisión de investigación sobre los derechos humanos en la República Popular Democrática de Corea1, que fue acogido con beneplácito tanto por el Consejo de Derechos Humanos como por la Asamblea General y transmitido a los órganos pertinentes de las Naciones Unidas, entre ellos el Consejo de Seguridad, Profundamente preocupado por las violaciones sistemáticas, generalizadas y manifiestas de los derechos humanos en la República Popular Democrática de Corea, que en muchas ocasiones constituyen crímenes de lesa humanidad, así como por la impunidad de los responsables, según se expone en el informe de la comisión de investigación, Recordando la responsabilidad de la República Popular Democrática de Corea de proteger a su población de los crímenes de lesa humanidad, y haciendo notar la 1 A/HRC/25/63. GE.17-05284 (S) 050417  060417

Seleccionar párrafo de destino3