A/HRC/RES/53/19 1. Acoge con beneplácito el informe de la Relatora Especial sobre la situación de los derechos humanos en Belarús1; 2. Expresa profunda preocupación por las violaciones sistemáticas de los derechos humanos y las libertades fundamentales que se siguen produciendo en Belarús, en particular por las persistentes restricciones de carácter represivo impuestas a los derechos a la libertad de reunión pacífica, de asociación y de expresión, tanto en línea como en medios no electrónicos, que se traducen en un hostigamiento, intimidación, represión y exilio forzoso de la sociedad civil y de los medios de comunicación independientes, y por el constante aumento del número de personas que son detenidas y privadas de libertad de forma arbitraria, incluso en régimen de incomunicación, por motivos políticos o por ejercer sus derechos humanos, entre otros, las libertades fundamentales de periodistas y otros trabajadores de los medios de comunicación, defensores del medio ambiente y de los derechos humanos, incluidas defensoras de los derechos humanos, profesionales de la salud, abogados, profesionales de la cultura, profesores, estudiantes, personas pertenecientes a minorías nacionales, personas que expresan opiniones discrepantes, miembros de sindicatos y comités de huelga y otros miembros de la sociedad civil; 3. Condena enérgicamente las violaciones generalizadas y sistemáticas de las normas internacionales de derechos humanos de las que han informado el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos2 y la Relatora Especial3, incluida la privación arbitraria del derecho a la vida y a la libertad, y el uso continuo, sistemático y generalizado de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes y de la violencia sexual y de género contra personas, incluidos niños y jóvenes, detenidas y privadas de libertad en Belarús por las autoridades estatales, las condiciones de detención inhumanas y la denegación del acceso a asistencia médica y jurídica oportuna y adecuada en los centros de detención y las cárceles, así como la denegación del derecho a un juicio imparcial, y el hecho de que las autoridades bielorrusas no hayan llevado a cabo investigaciones prontas, efectivas, exhaustivas, transparentes e imparciales de todas las violaciones de los derechos humanos anteriormente mencionadas, y observa con gran preocupación que, según el Alto Comisionado, algunas de esas violaciones pueden constituir crímenes de lesa humanidad cuando dichos actos se cometan deliberadamente como parte de un ataque generalizado o sistemático dirigido contra cualquier población civil, con conocimiento de dicho ataque 4; 4. Expresa profunda preocupación por los informes en los que se denuncia la represión de que son objeto las personas que ejercen su derecho a la libertad de expresión y de opinión al criticar públicamente la agresión de la Federación de Rusia contra Ucrania y el apoyo de Belarús a dicha agresión, así como por los actos de represión de la libertad de las personas de buscar, recibir y difundir informaciones, incluidos los relacionados con el uso por parte del Estado del territorio y las infraestructuras para facilitar la agresión de la Federación de Rusia, e insta a las autoridades bielorrusas a que garanticen un entorno propicio para el funcionamiento de medios de comunicación verdaderamente independientes, tanto en línea como en medios no electrónicos, incluido el acceso sin trabas a una Internet abierta, interoperable, fiable y segura; 5. Deplora la falta de independencia del poder judicial y otras violaciones del derecho a un juicio justo que han dado lugar a enjuiciamientos penales, condenas y sentencias de carácter injusto de defensores de los derechos humanos en Belarús por su legítima labor en favor de los derechos humanos, así como la intimidación e inhabilitación de abogados independientes por prestar servicios a la oposición política, a defensores de los derechos humanos o a otras personas detenidas por motivos políticos; 6. Observa con profunda preocupación el marco jurídico cada vez más restrictivo que limita aún más las libertades de opinión y de expresión y de reunión pacífica, tanto en línea como en medios no electrónicos, en contravención del derecho internacional de los derechos humanos, o que da lugar a violaciones de otros derechos humanos, incluido el derecho a una nacionalidad y el derecho a la propiedad, y cuyo objetivo son específicamente 1 2 3 4 2 A/HRC/53/53. Véase A/HRC/52/68. Véase A/HRC/47/49. A/HRC/52/68, párr. 54. GE.23-14114

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