A/RES/77/25 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 6 de diciembre de 2022 Septuagésimo séptimo período de sesiones Tema 33 del programa Cuestión de Palestina Resolución aprobada por la Asamblea General el 30 de noviembre de 2022 [sin remisión previa a una Comisión Principal (A/77/L.26)] 77/25. Arreglo pacífico de la cuestión de Palestina La Asamblea General, Recordando sus resoluciones pertinentes, incluidas las aprobadas en su décimo período extraordinario de sesiones de emergencia, Recordando también su resolución 73/89, de 6 de diciembre de 2018, titulada “Paz general, justa y duradera en Oriente Medio”, Recordando además las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad, incluidas las resoluciones 242 (1967), de 22 de noviembre de 1967, 338 (1973), de 22 de octubre de 1973, 478 (1980), de 20 de agosto de 1980, 1397 (2002), de 12 de marzo de 2002, 1515 (2003), de 19 de noviembre de 2003, 1544 (2004), de 19 de mayo de 2004, 1850 (2008), de 16 de diciembre de 2008, y 2334 (2016), de 23 de diciembre de 2016, Habiendo examinado el informe que presentó el Secretario General atendiendo a la solicitud formulada en su resolución 76/10, de 1 de diciembre de 2021, Recordando su resolución 58/292, de 6 de mayo de 2004, Reafirmando que las Naciones Unidas tienen una responsabilidad permanente respecto de la cuestión de Palestina hasta que se resuelva en todos sus aspectos conforme al derecho internacional y las resoluciones pertinentes, Convencida de que alcanzar un arreglo justo, duradero y general de la cuestión de Palestina, que constituye el núcleo del conflicto árabe-israelí, es indispensable para lograr la paz y la estabilidad generales y duraderas en Oriente Medio, Destacando que el principio de la igualdad de derechos y la libre determinación de los pueblos es uno de los propósitos y principios consagrados en la Carta de las Naciones Unidas, 22-27276 (S) 071222 *2227276* 091222

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