A/RES/72/73
Los océanos y el derecho del mar
359. Acoge con beneplácito la labor que han realizado las secretarías de los
organismos especializados, programas, fondos y órganos competentes de las Naciones
Unidas, así como las secretarías de las organizaciones y las convenciones pertinentes,
para aumentar la coordinación y cooperación interinstitucionales en las cuestiones
oceánicas, incluso, si procede, a través de ONU-Océanos, mecanismo de coordinación
entre organismos del sistema de las Naciones Unidas para las cuestiones relativas a
los océanos y las costas;
360. Reconoce el trabajo realizado por ONU-Océanos, en particular el
inventario de mandatos, conforme al marco de referencia revisado para su labor, y,
con el Asesor Jurídico de las Naciones Unidas/División de Asuntos Oceánicos y del
Derecho del Mar como coordinador de ONU-Océanos, y, como medida provisional a
este respecto, invita a los Estados, las instituciones financieras internacionales, los
organismos donantes, las organizaciones intergubernamentales, las organizaciones no
gubernamentales y las personas físicas y jurídicas a que efectúen contribuciones para
fines específicos al fondo fiduciario establecido por el Secretario General para la
Oficina de Asuntos Jurídicos a fin de apoyar la promoción del derecho internacional,
y autoriza al Secretario General a que desembolse fondos de dichas contribuciones a
ese fondo fiduciario a los efectos del mantenimiento de una base de datos, que pueda
consultarse en línea, con un inventario de los mandatos de los miembros de ONU Océanos y de las prioridades aprobadas por los respectivos órganos rectores de las
organizaciones que participan en ONU-Océanos, con vistas a detectar posibles
ámbitos de colaboración y sinergia, así como de los viajes relacionados con el
desempeño de las funciones del coordinador;
361. Decide aplazar el examen del mandato para la labor de ONU-Océanos
hasta su septuagésimo tercer período de sesiones;
XVI
Actividades de la División de Asuntos Oceánicos y del Derecho del Mar
362. Expresa su aprecio al Secretario General por el informe anual sobre los
océanos y el derecho del mar, preparado por la División, así como por las demás
actividades de la División, que reflejan la alta calidad de la asistencia que presta a los
Estados Miembros;
363. Observa con satisfacción la novena conmemoración por las Naciones
Unidas del Día Mundial de los Océanos en 2017 130, reconoce con aprecio la labor
realizada por la División para organizar su celebración en el contexto del acto
conmemorativo celebrado durante la Conferencia de las Naciones Unidas para Apoyar
la Consecución del Objetivo de Desarrollo Sostenible 14, e invita a la División a que
siga promoviendo y facilitando la cooperación internacional sobre el derecho del mar
y los asuntos oceánicos en el contexto de las futuras celebraciones del Día Mundial
de los Océanos, así como con su participación en otros actos;
364. Recuerda las funciones y responsabilidades que se confían al Secretario
General en la Convención y en las resoluciones conexas de la Asamblea General,
incluidas las resoluciones 49/28 y 52/26, observa el mayor número de solicitudes de
productos y servicios de reuniones adicionales que se dirigen a la División y en
relación con el apoyo que debe prestar durante el segundo ciclo del Proceso Ordinario
en calidad de secretaría del Proceso Ordinario, y solicita al Secretario General que
asegure que se asignen a la División recursos suficientes para desempeñar sus
funciones en el marco del presupuesto aprobado de la Organización;
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En su resolución 63/111, la Asamblea General designó el 8 de junio Día Mundial de los Océanos.
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