Los océanos y el derecho del mar
A/RES/72/73
46. Exhorta a la División a que continúe difundiendo información relativa a
los procedimientos relacionados con el fondo fiduciario establecido a los efectos de
facilitar la preparación de presentaciones a la Comisión y a que prosiga el diálogo
con los posibles beneficiarios con miras a prestar apoyo financiero a los países en
desarrollo para realizar actividades encaminadas a facilitar que sometan
presentaciones en forma acorde con lo dispuesto en el artículo 76 de la Convención y
con el Reglamento 29 y las Directrices Científicas y Técnicas de la Comisión 30 y a que
sufrague los gastos de viaje y las dietas de los delegados que participen en reuniones
con la Comisión por invitación de esta;
47. Solicita al Secretario General que, en cooperación con los Estados y las
organizaciones e instituciones internacionales competentes, siga apoyando las
actividades de capacitación y de otra índole encaminadas a ayudar a los Estados en
desarrollo a preparar sus presentaciones y someterlas a la Comisión;
48. Reconoce con aprecio la contribución de la División a las actividades de
creación de capacidad en los planos nacional y regional, en particular la labor de la
División en la promoción de una comprensión más amplia de la Convención y en la
prestación de asistencia para su aplicación, mediante el su ministro de información,
asesoramiento y asistencia a Estados y organizaciones intergubernamentales, y
reconoce, en particular, la constante ejecución de un programa de asistencia al
Gobierno de Somalia en el marco de un proyecto financiado por el Fondo Fi duciario
para Apoyar las Iniciativas de los Estados que Luchan contra la Piratería frente a las
Costas de Somalia, incluidas dos becas estratégicas, así como el apoyo que presta la
División a la implementación por los Estados Miembros de las partes pertinentes de
la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible 31;
49. Observa la asociación entre la División y la Comisión Oceanográfica
Intergubernamental respecto de un programa de capacitación sobre investigación
científica marina en el marco de la Convención, y alienta a los Estados, las
organizaciones internacionales pertinentes y otros donantes a que consideren la
posibilidad de apoyar la iniciativa;
50. Invita a los Estados, las instituciones financieras internacionales, los
organismos donantes, las organizaciones intergubernamentales, las organizaciones no
gubernamentales y las personas físicas y jurídicas a que apoyen las actividades de
creación de capacidad de la División, entre otras cosas mediante contribuciones
voluntarias para fines específicos al fondo fiduciario creado por el Secretario General
para que la Oficina de Asuntos Jurídicos apoye la promoción del derecho
internacional, y expresa su aprecio a quienes han hecho aportaciones;
51. Reconoce con aprecio la importante contribución al fomento de la
capacidad de los países en desarrollo y la promoción del derecho del mar que ha hecho
la Beca Conmemorativa Hamilton Shirley Amerasinghe sobre el Derecho del Mar,
que fue establecida por la Asamblea General en 1981 en honor del primer Presidente
de la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Ma r y que,
gracias a su red de 17 instituciones de acogida de becarios, se ha concedido hasta la
fecha a 31 personas de 26 Estados Miembros y recuerda, a ese respecto, las
disposiciones que figuran en sus resoluciones relativas al Programa de Asistencia de
las Naciones Unidas para la Enseñanza, el Estudio, la Difusión y una Comprensión
Más Amplia del Derecho Internacional 32;
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17-21819
CLCS/40/Rev.1.
CLCS/11, CLCS/11/Corr.1 y CLCS/11/Add.1.
Resolución 70/1.
Resoluciones 69/117, párr. 8, 70/116, párr. 4, 71/139, párr. 7 y 72/115, párrs. 7 y 8.
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