A/RES/72/73 Los océanos y el derecho del mar Unidas sobre el Medio Ambiente en su próximo período de sesiones, con sujeción a la disponibilidad de recursos para ese fin; 212. Acoge con beneplácito las actividades de los órganos y organizaciones competentes de las Naciones Unidas, en particular el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura y la Organización Marítima Internacional, y otras organizaciones intergubernamentales, destinadas a abordar las fuentes y los efectos de los detritos marinos, incluso por conducto de la Alianza Mundial sobre la Basura Marina, así como las medidas relacionadas con los detritos marinos adoptadas en virtud del Convenio sobre la Diversidad Biológica y la Convención sobre la Conservación de las Especies Migratorias de Animales Silvestres 94, en particular la aprobación por la Conferencia de las Partes en esa convención, en su 11ª reunión, de la resolución 11.30 relativa a la gestión de residuos marinos, y observa la labor de evaluación de los efectos de los detritos marinos en los cetáceos realizada por la Comisión Ballenera Internacional; 213. Alienta a los Estados a que formen nuevas asociaciones con el sector industrial y la sociedad civil para aumentar la conciencia sobre la magnitud de los efectos de los detritos marinos para la biodiversidad, la salud y la productividad del medio marino, así como las consiguientes pérdidas económicas, y a que cooperen con otros Estados, la industria y la sociedad civil, según proceda, para adoptar medidas ambientalmente racionales y eficaces en función de los costos para prevenir y reducir, cuando sea procedente, los detritos marinos y los microplásticos en el medio marino, en particular estrechando la cooperación en el marco de la Alianza Mundial sobre la Basura Marina; 214. Insta a los Estados a que integren la cuestión de los detritos marinos en las estrategias nacionales y, en su caso, regionales de gestión de desechos, especialm ente en la zona costera, los puertos y el sector marítimo, incluido el reciclado, la reutilización, la reducción y la eliminación, y a que consideren la posibilidad de desarrollar una infraestructura integrada de gestión de desechos y alienten el establecimiento de incentivos económicos adecuados con el fin de reducir los detritos marinos para combatir el problema, incluida la elaboración de sistemas de recuperación de los gastos que estimulen el uso de las instalaciones portuarias de recepción y disuadan a los buques de verter detritos marinos al mar, y el apoyo a medidas para prevenir, reducir y controlar la contaminación procedente de cualquier fuente, incluidas las fuentes terrestres, tales como actividades comunitarias de descontaminación y vigilancia en zonas costeras y cursos de agua, y alienta a los Estados a que cooperen a nivel regional y subregional para detectar las posibles fuentes y localizar los puntos de la costa y de los océanos donde se acumulan detritos marinos y para preparar y ejecutar programas conjuntos de prevención y recuperación de los detritos marinos y crear conciencia sobre la cuestión de los detritos marinos y la necesidad de examinar opciones ambientalmente racionales para su eliminación; 215. Observa que el 4 de noviembre de 2017 se celebró en Xiamen (China), en el marco del Foro de Cooperación Económica de Asia y el Pacífico, el Taller sobre el Intercambio de Buenas Prácticas de Gestión de la Basura Marina en las Ciudades Costeras de la Región del Foro; 216. Observa también la labor que realiza la Organización Marítima Internacional para prevenir la contaminación ocasionada por los buques, en particular mediante la designación de zonas especiales en el marco del Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques, de 1973, modificado por su Protocolo __________________ 94 40/61 Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1651, núm. 28395. 17-21819

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