A/RES/72/73 Los océanos y el derecho del mar profundas, en particular de la magnitud y la vulnerabilidad de la biodiversidad y los ecosistemas de esas aguas, intensificando sus actividades de investigación científica marina de conformidad con la Convención; 275. Alienta, a ese respecto, a las organizaciones internacionales pertinentes y otros donantes a que consideren la posibilidad de prestar apoyo al Fondo de Dotación de la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos con miras a promover la realización de investigaciones científicas marinas conjuntas en la zona internacional de los fondos marinos apoyando la participación de científicos y personal técnico calificado de países en desarrollo en los programas, iniciativas y actividades pertinentes; 276. Observa con preocupación que las amenazas vinculadas a los seres humanos, como los detritos marinos, las colisiones de buques, el ruido subacuático, los contaminantes persistentes, los proyectos de construcción en zonas costeras, los derrames de petróleo y los aparejos de pesca abandonados, pueden, en conjunto, afectar gravemente la vida marina, incluso en los niveles tróficos superiores, y exhorta a los Estados y a las organizaciones internacionales competentes a q ue cooperen y coordinen sus labores de investigación en este sentido para reducir esas consecuencias y preservar la integridad de todo el ecosistema marino, respetando al mismo tiempo plenamente los mandatos de las organizaciones internacionales competentes; 277. Acoge con beneplácito el programa titulado “Promover y facilitar la realización de investigaciones científicas marinas con arreglo a la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar” de la División y el Instituto Marítimo de Corea, ejecutado en cooperación con la Comisión Oceanográfica Intergubernamental con el fin de ayudar a los países en desarrollo, en particular los pequeños Estados insulares en desarrollo, a aumentar su capacidad en la esfera de la investigación científica marina, y observa con aprecio que el segundo curso en el marco del programa se elaboró con la cooperación de la Organización de Estados del Caribe Oriental y tuvo lugar en Castries del 2 al 5 de mayo de 2017; 278. Invita a todos los fondos, programas, órganos y organizaciones competentes del sistema de las Naciones Unidas a que, en consulta con los Estados interesados, coordinen las actividades pertinentes con centros regionales y nacionales de investigación científica y tecnológica marina en los pequeños Estad os insulares en desarrollo, según proceda, a fin de asegurar el logro más efectivo de sus objetivos de conformidad con los correspondientes programas y estrategias de desarrollo de las Naciones Unidas para los pequeños Estados insulares en desarrollo; 279. Acoge con beneplácito la resolución aprobada por la Asamblea de la Comisión Oceanográfica Intergubernamental en su 28ª reunión, celebrada en París del 18 al 25 de junio de 2015, relativa a la aprobación de la Segunda Expedición Internacional al Océano Índico, como un importante proyecto catalizador que vincula los procesos del Océano Índico a los océanos y la atmósfera mundiales, que se inauguró oficialmente en Goa (India) el 4 de diciembre de 2015, por un período inicial de cinco años, invita a los Estados a que participen en esta iniciativa y observa que se han establecido dos nodos de la Oficina Conjunta de Proyectos de la Segunda Expedición Internacional al Océano Índico para coordinar las operaciones de la expedición en Perth (Australia) e Hyderabad (India); 280. Observa con aprecio la labor que realiza la Comisión Oceanográfica Intergubernamental, con el asesoramiento del Órgano Consultivo de Expertos sobre el Derecho del Mar, en relación con la elaboración de procedimientos para aplicar las Partes XIII y XIV de la Convención; 50/61 17-21819

Seleccionar párrafo de destino3