A/RES/49/54 Página 2 transparencia en el proceso de contratación pública fomentarán también la economía, la eficacia y la competencia en la contratación pública, promoviendo así un mayor desarrollo económico, Considerando que el establecimiento de disposiciones legislativas modelo sobre la contratación pública de servicios aceptables para Estados con diferentes sistemas jurídicos, sociales y económicos contribuye al desarrollo de relaciones económicas internacionales armoniosas, Convencida de que las disposiciones legislativas modelo sobre servicios recogidas en un texto consolidado relativo a la contratación pública de bienes, obras y servicios ayudarán a todos los Estados, incluidos los países en desarrollo y los Estados con economías en transición, a mejorar sus leyes de contratación pública vigentes y a formular leyes de contratación pública donde actualmente no existan, 1. Toma nota con satisfacción de la conclusión y aprobación de la Ley Modelo de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional sobre la Contratación Pública de Bienes, Obras y Servicios 2/ y de la Guía para la Promulgación de la Ley Modelo 3/; 2. Recomienda que, en vista de la necesidad de mejorar y uniformar las leyes sobre contratación pública, todos los Estados consideren favorablemente la Ley Modelo cuando promulguen o revisen sus leyes de contratación pública; 3. Recomienda también que se haga todo lo posible por lograr que la Ley Modelo, junto con la Guía, sean ampliamente difundidas y accesibles. 84ª sesión plenaria 9 de diciembre de 1994 ____________ 2/ Ibíd., cuadragésimo noveno período de sesiones, Suplemento No. 17, y corrección (A/49/17 y Corr. l), anexo I. 3/ El documento será publicado con la signatura A/CN.9/403.

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