A/RES/74/226
Lucha contra las tormentas de arena y polvo
1.
Toma nota del informe del Secretario General 9;
2.
Reconoce que las tormentas de arena y polvo, así como las prácticas
no sostenibles de ordenación de tierras, que son uno de los factores que pueden causar
o exacerbar estos fenómenos, en particular el cambio climático, representan un serio
reto para el desarrollo sostenible de las regiones y los países afectados, reconoce
también que en los últimos años las tormentas de arena y polvo han causado daños
económicos, sociales y ambientales considerables a los habitantes de las zonas áridas,
semiáridas y subhúmedas secas del mundo, especialmente de África y Asia, y recalca
la necesidad de afrontar esos fenómenos y tomar medidas rápidamente para hacer
frente a esos retos;
3.
Recuerda el diálogo interactivo de alto nivel sobre las tormentas de arena
y polvo celebrado en la Sede (Nueva York) el 16 de julio de 2018, que reunió a
Estados Miembros, Estados observadores y observadores de la Asamblea General,
entidades del sistema de las Naciones Unidas, comisiones regionales y otras partes
interesadas para debatir recomendaciones orientadas a la acción y abordar los
problemas de los países afectados, incluidos los medios de mejorar la coordinación
de las políticas a nivel mundial para hacer frente a esos problemas en el contexto de
los Objetivos de Desarrollo Sostenible, y durante el cual se resaltó la necesidad
constante de afrontar los problemas que planteaban las tormentas de arena y polvo;
4.
Acoge con beneplácito la creación de la Coalición de las Naciones Unidas
para Luchar contra las Tormentas de Arena y Polvo, que tiene por objeto, entre otras
cosas, promover y coordinar una respuesta de colaboración del sistema de las
Naciones Unidas a la creciente cuestión de las tormentas de arena y polvo a escala
local, regional y mundial, velando por que se adopten medidas unificadas y
coherentes y facilitando el fomento de la capacidad de los Estados Miembros,
sensibilizando a la opinión pública y mejorando la preparación y la respuesta de estos
a las tormentas de arena y polvo en las regiones críticas;
5.
Reconoce la importancia de las tecnologías nuevas e innovadoras y de las
mejores prácticas en la lucha contra las tormentas de arena y polvo, así como de que
haya un intercambio y una transferencia de dichas tecnologías y mejores prácticas en
condiciones convenidas entre las partes interesadas;
6.
Alienta a las organizaciones y los procesos regionales, subregionales e
interregionales a que sigan intercambiando mejores prácticas, experiencias y
conocimientos técnicos en la lucha contra las tormentas de arena y polvo para encarar
las causas fundamentales y los efectos de dichas tormentas, en particular mediante
una mejor aplicación de prácticas sostenibles de ordenación de tierras, y a que
promuevan la cooperación regional a ese respecto a fin de reducir los riesgos y los
efectos de futuras tormentas de arena y polvo y permitir que las organizaciones
competentes de las Naciones Unidas, como la Organización Meteorológica Mundial,
el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente y la Organización
Mundial de la Salud, en el marco de sus respectivos mandatos, desarrollen la
capacidad de los países afectados y les presten apoyo técnico;
7.
Invita a todos los Estados Miembros afectados, así como a las entidades
competentes del sistema de las Naciones Unidas para el desarrollo, las organizaciones
regionales y otros interesados pertinentes, a que se esfuercen por cumplir los objetivos
establecidos en la presente resolución;
8.
Reafirma que el cambio climático es uno de los mayores desafíos de
nuestra época y, entre otros factores, constituye un grave obstáculo para el desarrollo
sostenible de todos los países, incluidos los afectados por las tormentas de arena y
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A/74/263.
19-22495