A/RES/74/226 Lucha contra las tormentas de arena y polvo 1. Toma nota del informe del Secretario General 9; 2. Reconoce que las tormentas de arena y polvo, así como las prácticas no sostenibles de ordenación de tierras, que son uno de los factores que pueden causar o exacerbar estos fenómenos, en particular el cambio climático, representan un serio reto para el desarrollo sostenible de las regiones y los países afectados, reconoce también que en los últimos años las tormentas de arena y polvo han causado daños económicos, sociales y ambientales considerables a los habitantes de las zonas áridas, semiáridas y subhúmedas secas del mundo, especialmente de África y Asia, y recalca la necesidad de afrontar esos fenómenos y tomar medidas rápidamente para hacer frente a esos retos; 3. Recuerda el diálogo interactivo de alto nivel sobre las tormentas de arena y polvo celebrado en la Sede (Nueva York) el 16 de julio de 2018, que reunió a Estados Miembros, Estados observadores y observadores de la Asamblea General, entidades del sistema de las Naciones Unidas, comisiones regionales y otras partes interesadas para debatir recomendaciones orientadas a la acción y abordar los problemas de los países afectados, incluidos los medios de mejorar la coordinación de las políticas a nivel mundial para hacer frente a esos problemas en el contexto de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, y durante el cual se resaltó la necesidad constante de afrontar los problemas que planteaban las tormentas de arena y polvo; 4. Acoge con beneplácito la creación de la Coalición de las Naciones Unidas para Luchar contra las Tormentas de Arena y Polvo, que tiene por objeto, entre otras cosas, promover y coordinar una respuesta de colaboración del sistema de las Naciones Unidas a la creciente cuestión de las tormentas de arena y polvo a escala local, regional y mundial, velando por que se adopten medidas unificadas y coherentes y facilitando el fomento de la capacidad de los Estados Miembros, sensibilizando a la opinión pública y mejorando la preparación y la respuesta de estos a las tormentas de arena y polvo en las regiones críticas; 5. Reconoce la importancia de las tecnologías nuevas e innovadoras y de las mejores prácticas en la lucha contra las tormentas de arena y polvo, así como de que haya un intercambio y una transferencia de dichas tecnologías y mejores prácticas en condiciones convenidas entre las partes interesadas; 6. Alienta a las organizaciones y los procesos regionales, subregionales e interregionales a que sigan intercambiando mejores prácticas, experiencias y conocimientos técnicos en la lucha contra las tormentas de arena y polvo para encarar las causas fundamentales y los efectos de dichas tormentas, en particular mediante una mejor aplicación de prácticas sostenibles de ordenación de tierras, y a que promuevan la cooperación regional a ese respecto a fin de reducir los riesgos y los efectos de futuras tormentas de arena y polvo y permitir que las organizaciones competentes de las Naciones Unidas, como la Organización Meteorológica Mundial, el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente y la Organización Mundial de la Salud, en el marco de sus respectivos mandatos, desarrollen la capacidad de los países afectados y les presten apoyo técnico; 7. Invita a todos los Estados Miembros afectados, así como a las entidades competentes del sistema de las Naciones Unidas para el desarrollo, las organizaciones regionales y otros interesados pertinentes, a que se esfuercen por cumplir los objetivos establecidos en la presente resolución; 8. Reafirma que el cambio climático es uno de los mayores desafíos de nuestra época y, entre otros factores, constituye un grave obstáculo para el desarrollo sostenible de todos los países, incluidos los afectados por las tormentas de arena y __________________ 9 4/6 A/74/263. 19-22495

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