Lucha contra las tormentas de arena y polvo A/RES/74/226 Recordando su resolución 66/288, de 27 de julio de 2012, en la que hizo suyo el documento final de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible, titulado “El futuro que queremos”, Recordando también sus resoluciones 71/229, de 21 de diciembre de 2016, 72/220, de 20 de diciembre de 2017, y 73/233, de 20 de diciembre de 2018, relativas a la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación en los Países Afectados por Sequía Grave o Desertificación, en Particular en África 7, Tomando nota del Programa Regional de Lucha contra las Tormentas de Arena y Polvo del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente y tomando nota también de otras iniciativas, como la reunión ministerial sobre las tormentas de arena y polvo que se celebró en Nairobi el 21 de febrero de 2013 en paralelo al 27º período de sesiones del Consejo de Administración/Foro Ambiental Mundial a Nivel Ministerial del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, Recordando la Declaración de Sendái y el Marco de Sendái para la Reducción del Riesgo de Desastres 2015-2030, aprobados en la Tercera Conferencia Mundial de las Naciones Unidas sobre la Reducción del Riesgo de Desastres y que la Asamblea General hizo suyos en su resolución 69/283, de 3 de junio de 2015, y reconociendo que una de las prioridades de acción del Marco consiste en comprender el riesgo de desastres para su prevención y mitigación y para la elaboración y aplicación de medidas adecuadas de preparación y respuesta eficaz en casos de desastre, qu e continúan menoscabando los esfuerzos para lograr el desarrollo sostenible, Reconociendo que, sobre la base de la noción de amenaza definida en el Marco de Acción de Hyogo para 2005-2015: Aumento de la Resiliencia de las Naciones y las Comunidades ante los Desastres 8, afrontar las amenazas multidimensionales, incluidas las que representan las tormentas de arena y polvo, contribuye a lograr los objetivos, las metas y las prioridades de acción establecidas en el Marco de Sendái para la Reducción del Riesgo de Desastres 2015-2030, Destacando la necesidad de que exista cooperación a nivel mundial y regional con miras a gestionar y mitigar los efectos de las tormentas de arena y polvo mediante la mejora de los sistemas de alerta temprana y el intercambio de información climática y meteorológica para pronosticar esas tormentas y afirmando que las medidas de resiliencia para luchar contra las tormentas de arena y polvo requieren comprender mejor las graves consecuencias multidimensionales de dichas tormentas, e n particular el deterioro de la salud, el bienestar y los medios de vida de las personas, el aumento de la desertificación y la degradación de las tierras, la deforestación, la pérdida de diversidad biológica y de productividad de la tierra, y sus efectos en el crecimiento económico sostenible, Poniendo de relieve la pertinencia de los esfuerzos y la cooperación de los Estados Miembros en los planos regional e internacional para controlar y reducir los efectos negativos de las tormentas de arena y polvo en los asentamientos humanos de regiones vulnerables, tomando nota de la iniciativa de la República Islámica del Irán de celebrar una reunión regional de ministros del medio ambiente en Teherán el 29 de septiembre de 2010, acogiendo con beneplácito la celebración de otras reuniones con la participación activa de todos los países, y tomando nota con aprecio de otras iniciativas emprendidas por varios países para luchar contra las tormentas de arena y polvo, especialmente a nivel regional, __________________ 7 8 19-22495 Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1954, núm. 33480. A/CONF.206/6, cap. I, resolución 2. 3/6

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