A/RES/55/180
se señala en la resolución 1874 (S-IV) de la Asamblea General, de 27 de junio de
1963,
Tomando nota con reconocimiento de que se han hecho contribuciones
voluntarias a la Fuerza,
Consciente de que es indispensable proporcionar a la Fuerza los recursos
financieros necesarios para que pueda desempeñar las funciones que le competen en
virtud de las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad,
Preocupada por el hecho de que el Secretario General continúe enfrentando
dificultades para atender a su debido tiempo las obligaciones de la Fuerza, en
particular con respecto al reembolso de las sumas adeudadas a los Estados que
aportan o han aportado contingentes,
Preocupada también por el hecho de que los saldos excedentes de la Cuenta
Especial para la Fuerza Provisional de las Naciones Unidas en el Líbano se hayan
utilizado para sufragar los gastos de la Fuerza a fin de compensar la insuficiencia de
ingresos resultante de la falta de pago o el pago tardío de sus cuotas por los Estados
Miembros,
1.
Toma nota del estado de las contribuciones para la Fuerza de las
Naciones Unidas en el Líbano al 31 de octubre de 2000, en particular de las cuotas
pendientes de pago por un valor de 139,4 millones de dólares de los Estados Unidos,
que constituyen aproximadamente el 3,9% del total de las cuotas asignadas desde
que se estableció la Fuerza hasta el período que ha de terminar el 31 de diciembre de
2000, observa que aproximadamente el 21% de los Estados Miembros han pagado
íntegramente sus cuotas, e insta a todos los demás Estados Miembros de que se trate,
en particular a los que están en mora, a que abonen sus cuotas pendientes de pago;
2.
Expresa su profunda preocupación por el hecho de que Israel no haya
cumplido sus resoluciones 51/233, 52/237, 53/227 y 54/267;
3.
Destaca una vez más que Israel debe acatar estrictamente sus
resoluciones 51/233, 52/237, 53/227 y 54/267;
4.
Expresa su reconocimiento a los Estados Miembros que han pagado
íntegramente sus cuotas;
5.
Expresa preocupación por la situación financiera de las actividades de
mantenimiento de la paz, en particular, con respecto al reembolso a los países que
aportan contingentes, que soportan una carga adicional debido al atraso de los
Estados Miembros en el pago de sus cuotas;
6.
Insta a todos los otros Estados Miembros a que hagan cuanto esté a su
alcance por pagar íntegra y puntualmente sus cuotas para la Fuerza;
7.
Expresa preocupación por el hecho de que el Secretario General se haya
demorado en desplegar algunas misiones recientes de mantenimiento de la paz, en
particular en África, y en proporcionarles recursos suficientes;
8.
Hace hincapié en que todas las misiones de mantenimiento de la paz en
curso y futuras deben recibir un trato igual y no discriminatorio con respecto a las
disposiciones financieras y administrativas;
9.
Hace hincapié también en que deben proporcionarse recursos suficientes
a todas las misiones de mantenimiento de la paz para que cumplan sus respectivos
mandatos con eficacia y eficiencia;
2