A/RES/55/180 se señala en la resolución 1874 (S-IV) de la Asamblea General, de 27 de junio de 1963, Tomando nota con reconocimiento de que se han hecho contribuciones voluntarias a la Fuerza, Consciente de que es indispensable proporcionar a la Fuerza los recursos financieros necesarios para que pueda desempeñar las funciones que le competen en virtud de las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad, Preocupada por el hecho de que el Secretario General continúe enfrentando dificultades para atender a su debido tiempo las obligaciones de la Fuerza, en particular con respecto al reembolso de las sumas adeudadas a los Estados que aportan o han aportado contingentes, Preocupada también por el hecho de que los saldos excedentes de la Cuenta Especial para la Fuerza Provisional de las Naciones Unidas en el Líbano se hayan utilizado para sufragar los gastos de la Fuerza a fin de compensar la insuficiencia de ingresos resultante de la falta de pago o el pago tardío de sus cuotas por los Estados Miembros, 1. Toma nota del estado de las contribuciones para la Fuerza de las Naciones Unidas en el Líbano al 31 de octubre de 2000, en particular de las cuotas pendientes de pago por un valor de 139,4 millones de dólares de los Estados Unidos, que constituyen aproximadamente el 3,9% del total de las cuotas asignadas desde que se estableció la Fuerza hasta el período que ha de terminar el 31 de diciembre de 2000, observa que aproximadamente el 21% de los Estados Miembros han pagado íntegramente sus cuotas, e insta a todos los demás Estados Miembros de que se trate, en particular a los que están en mora, a que abonen sus cuotas pendientes de pago; 2. Expresa su profunda preocupación por el hecho de que Israel no haya cumplido sus resoluciones 51/233, 52/237, 53/227 y 54/267; 3. Destaca una vez más que Israel debe acatar estrictamente sus resoluciones 51/233, 52/237, 53/227 y 54/267; 4. Expresa su reconocimiento a los Estados Miembros que han pagado íntegramente sus cuotas; 5. Expresa preocupación por la situación financiera de las actividades de mantenimiento de la paz, en particular, con respecto al reembolso a los países que aportan contingentes, que soportan una carga adicional debido al atraso de los Estados Miembros en el pago de sus cuotas; 6. Insta a todos los otros Estados Miembros a que hagan cuanto esté a su alcance por pagar íntegra y puntualmente sus cuotas para la Fuerza; 7. Expresa preocupación por el hecho de que el Secretario General se haya demorado en desplegar algunas misiones recientes de mantenimiento de la paz, en particular en África, y en proporcionarles recursos suficientes; 8. Hace hincapié en que todas las misiones de mantenimiento de la paz en curso y futuras deben recibir un trato igual y no discriminatorio con respecto a las disposiciones financieras y administrativas; 9. Hace hincapié también en que deben proporcionarse recursos suficientes a todas las misiones de mantenimiento de la paz para que cumplan sus respectivos mandatos con eficacia y eficiencia; 2

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