A/RES/50/170 Página 5 partes a que hagan todo lo posible por cumplir sus obligaciones en materia de presentación de informes; 12. Invita a los Estados partes que no han podido cumplir con la obligación de presentar sus informes iniciales a que recurran a la asistencia técnica; 13. Alienta a los órganos creados en virtud de tratados sobre derechos humanos en sus esfuerzos por examinar los progresos realizados por todos los Estados partes en el cumplimiento de los compromisos contraídos en virtud de los tratados sobre derechos humanos; 14. Insta a los Estados partes a que, en sus próximas reuniones previstas, aborden con carácter prioritario la cuestión de los Estados partes que incumplen sistemáticamente sus obligaciones de presentar informes; 15. Insta a todos los Estados partes cuyos informes han sido examinados por órganos creados en virtud de tratados a que tengan debidamente en cuenta las observaciones y comentarios finales formulados por esos órganos acerca de sus informes; 16. Observa con satisfacción la importancia que los presidentes de órganos creados en virtud de tratados sobre derechos humanos y la Comisión de Derechos Humanos atribuyen a la asistencia técnica y los servicios de asesoramiento y, a tal efecto: a) Acoge con beneplácito los planes del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos de informar periódicamente a la Comisión de los posibles proyectos de asistencia técnica seleccionados por los órganos creados en virtud de tratados; b) Alienta a los órganos creados en virtud de tratados a que, en el curso de su labor ordinaria de examen de los informes periódicos de los Estados partes, sigan determinando posibilidades de prestarles asistencia técnica; 17. Observa también con satisfacción la recomendación de la reunión de presidentes de los órganos creados en virtud de tratados sobre derechos humanos de que esos órganos insten a todos los Estados partes a que traduzcan, publiquen y difundan ampliamente en sus territorios el texto íntegro de las observaciones finales acerca de los informes que presentan a los órganos de supervisión de tratados, y pide al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos que haga todo lo posible para que los informes recientes y las actas resumidas de los debates de los comités al respecto, así como las observaciones y comentarios finales de los órganos creados en virtud de tratados, estén disponibles en los centros de información de las Naciones Unidas de los países que presentan esos informes; 18. Acoge con beneplácito la contribución que los organismos especializados y otros órganos de las Naciones Unidas aportan a la labor de los órganos creados en virtud de tratados sobre derechos humanos e invita a los organismos especializados y otros órganos de las Naciones Unidas y a los órganos creados en virtud de tratados a que sigan aumentando la cooperación entre ellos, teniendo presentes las funciones del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y la conveniencia de que se evite la duplicación innecesaria; /...

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