A/RES/50/170 Página 4 6. Pide al Secretario General que continúe tomando las medidas necesarias para garantizar que los dos comités establecidos en virtud de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial y la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes se reúnan en la forma programada hasta que las enmiendas entren en vigor; 7. Observa con agrado que los órganos creados en virtud de tratados y el Secretario General siguen tratando de simplificar, racionalizar y mejorar los procedimientos de presentación de informes, e insta a los órganos creados en virtud de tratados y a las reuniones de los presidentes de esos órganos a que sigan examinando la forma de reducir las duplicaciones en la presentación de los informes exigidos de conformidad con los diferentes instrumentos, sin que ello afecte a la calidad de esos informes, y de aliviar en general la carga que ello entraña para los Estados Miembros, en particular: Indicando los casos en que, al preparar un informe, se pueden a) hacer referencias a otros informes; b) Recomendando, cuando proceda, que se designen dependencias administrativas nacionales encargadas concretamente de coordinar los informes que se presentan a todos los órganos creados en virtud de tratados; Estableciendo una coordinación entre los órganos creados en virtud c) de tratados y la Organización Internacional del Trabajo a fin de determinar las duplicaciones entre los respectivos instrumentos y convenios; d) Considerando la utilidad de informes únicos generales, así como la de sustituir los informes periódicos por informes especialmente preparados e informes por temas; 8. Insta a los Estados partes a que ayuden, en forma individual o por medio de las reuniones de los Estados partes, a determinar y aplicar medidas encaminadas a simplificar, racionalizar y seguir mejorando los procedimientos de presentación de informes y evitar las duplicaciones; 9. Alienta al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos a que, de conformidad con su mandato, pida al experto independiente que termine el informe provisional sobre la manera de aumentar la eficacia a largo plazo del régimen de tratados sobre derechos humanos 8/ a tiempo para que la Comisión de Derechos Humanos pueda examinar el informe final en su 52º período de sesiones, según lo solicitado por la Asamblea General en la resolución 48/120, de 20 de diciembre de 1993; 10. Pide al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos que, dentro de los límites de los recursos existentes, procure que la revisión del Manual de preparación de informes sobre derechos humanos de las Naciones Unidas se termine cuanto antes y esté disponible en todos los idiomas oficiales y que se preste la debida atención a las recomendaciones relativas al manual que hizo la quinta reunión de presidentes de órganos creados en virtud de tratados sobre derechos humanos; 11. Expresa preocupación por el número cada vez mayor de informes atrasados sobre la aplicación de los instrumentos de las Naciones Unidas sobre derechos humanos por los Estados partes e insta una vez más a los Estados 8/ A/CONF.157/PC/62/Add.11/Rev.1. /...

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