A/RES/53/192 Página 3 I A. Reforma de las actividades operacionales de las Naciones Unidas 5. Subraya la necesidad de que todas las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas para el desarrollo centren sus esfuerzos sobre el terreno en esferas prioritarias, de conformidad con las prioridades establecidas por los países receptores y los mandatos, las declaraciones de misión y las decisiones pertinentes de sus órganos rectores, con miras a evitar la duplicación de esfuerzos y aumentar la complementariedad y los efectos de su labor; 6. Subraya además que, en el contexto de la reforma de la Secretaría de las Naciones Unidas y de la reestructuración y revitalización del proceso intergubernamental, se deben respetar y ampliar, teniendo en cuenta su complementariedad, los mandatos de los distintos fondos, programas y entidades sectoriales y especializados y los de los organismos especializados; B. Financiación de las actividades operacionales de las Naciones Unidas 7. Toma nota con pesar de que, si bien se han hecho progresos considerables en la gestión y el funcionamiento de los fondos y programas de las Naciones Unidas para el desarrollo, no se ha producido, como parte de ese proceso general de reforma, ningún aumento considerable de los recursos básicos destinados a las actividades operacionales para el desarrollo en forma previsible, continua y segura; 8. Expresa profunda preocupación por la persistente insuficiencia de los recursos destinados a las actividades operacionales de las Naciones Unidas para el desarrollo y, en especial, por la disminución de las contribuciones a los recursos básicos; 9. Reafirma la necesidad de que los escasos recursos obtenidos en forma de donaciones se asignen, con carácter prioritario, a los programas y proyectos de los países de bajos ingresos, en particular de los países menos adelantados; 10. Reafirma enérgicamente que la repercusión de las actividades operacionales del sistema de las Naciones Unidas debe mejorarse mediante, entre otras cosas, un aumento considerable de los recursos destinados a dichas actividades en forma previsible, continua y segura, en consonancia con las crecientes necesidades de los países en desarrollo, así como mediante la plena aplicación de las resoluciones 47/199, 48/162 y 50/120, y las partes de la resolución 52/12 B relativas a las actividades operacionales; 11. Destaca la necesidad de un mejoramiento constante y general de la eficiencia, eficacia, y repercusión de las actividades del sistema de las Naciones Unidas dedicadas a la prestación de asistencia para el desarrollo, y acoge con beneplácito las medidas que se han adoptado con esa finalidad; 12. Toma nota con reconocimiento de las contribuciones que numerosos donantes y países receptores, animados de un espíritu de colaboración, aportan de forma sostenida a las actividades operacionales para el desarrollo; 13. Insta a los países desarrollados, en particular a los países cuya aportación global no ha estado a la altura de sus posibilidades, a que, teniendo en cuenta las metas establecidas para la asistencia oficial para el desarrollo, incluidas las metas fijadas en la Segunda Conferencia de las Naciones Unidas sobre los Países Menos Adelantados, y sus niveles actuales de contribución, incrementen considerablemente su /...

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