Naciones Unidas Asamblea General A/HRC/RES/45/6 Distr. general 12 de octubre de 2020 Español Original: inglés Consejo de Derechos Humanos 45º período de sesiones 14 de septiembre a 7 de octubre de 2020 Tema 3 de la agenda Promoción y protección de todos los derechos humanos, civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, incluido el derecho al desarrollo Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos el 6 de octubre de 2020 45/6. El derecho al desarrollo El Consejo de Derechos Humanos, Recordando la Carta de las Naciones Unidas y los instrumentos fundamentales de derechos humanos, Reafirmando la Declaración sobre el Derecho al Desarrollo, aprobada por la Asamblea General en su resolución 41/128, de 4 de diciembre de 1986, Reiterando la Declaración y el Programa de Acción de Viena, en que se reafirma que el derecho al desarrollo es un derecho universal e inalienable y forma parte integrante de los derechos humanos fundamentales, Reafirmando las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos 4/4, de 30 de marzo de 2007, y 9/3, de 17 de septiembre de 2008, recordando todas las resoluciones de la Comisión de Derechos Humanos sobre el derecho al desarrollo, incluidas las resoluciones 1998/72, de 22 de abril de 1998, y 2004/7, de 13 de abril de 2004, en apoyo de que se haga efectivo el derecho al desarrollo, y recordando también todas las resoluciones del Consejo y de la Asamblea General sobre el derecho al desarrollo, las más recientes de las cuales son la resolución 42/23 del Consejo, de 27 de septiembre de 2019, y la resolución 74/152 de la Asamblea, de 18 de diciembre de 2019, Recordando el documento final de la Segunda Conferencia de Alto Nivel de las Naciones Unidas sobre la Cooperación Sur-Sur, celebrada en Buenos Aires del 20 al 22 de marzo de 20191, Acogiendo con beneplácito el documento final último aprobado en la 18ª Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno del Movimiento de Países No Alineados, celebrada en Bakú los días 25 y 26 de octubre de 2019, en la que los Estados miembros del Movimiento de Países No Alineados destacaron la necesidad de hacer realidad, de manera prioritaria, el derecho al desarrollo, entre otras formas mediante la elaboración, por los mecanismos competentes, de un instrumento jurídicamente vinculante sobre el derecho al desarrollo, teniendo en cuenta las recomendaciones de las iniciativas pertinentes, 1 Resolución 73/291 de la Asamblea General. GE.20-13321 (S) 151020  151020

Seleccionar párrafo de destino3