Naciones Unidas
Asamblea General
A/HRC/RES/52/27
Distr. general
13 de abril de 2023
Español
Original: inglés
Consejo de Derechos Humanos
52º período de sesiones
27 de febrero a 4 de abril de 2023
Tema 4 de la agenda
Situaciones de derechos humanos que requieren
la atención del Consejo
Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos
el 4 de abril de 2023
52/27.
Situación de los derechos humanos en la República Islámica del Irán
El Consejo de Derechos Humanos,
Guiado por la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de Derechos
Humanos, los Pactos Internacionales de Derechos Humanos y otros instrumentos
internacionales pertinentes de derechos humanos,
Recordando todas sus resoluciones pertinentes y todas las resoluciones pertinentes
aprobadas por la Asamblea General, en particular las más recientes, especialmente las
resoluciones del Consejo 49/24, de 1 de abril de 2022, y S-35/1, de 24 de noviembre de 2022,
y la resolución 77/228 de la Asamblea, de 15 de diciembre de 2022, relativa a la situación de
los derechos humanos en la República Islámica del Irán, y lamentando la falta de cooperación
de la República Islámica del Irán en relación con las solicitudes formuladas por el Consejo y
la Asamblea en esas resoluciones,
Acogiendo con beneplácito el informe y las recomendaciones que presentó el Relator
Especial sobre la situación de los derechos humanos en la República Islámica del Irán al
Consejo de Derechos Humanos1, y poniendo de relieve que esas recomendaciones deberían
recibir la debida consideración,
Lamentando profundamente que no se permitiera al Relator Especial viajar a la
República Islámica del Irán,
Expresando profunda preocupación por las continuas violaciones de una amplia gama
de derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, puestas de relieve por el
Relator Especial y en sus informes, y por el hecho de que la impunidad sostenida y
sistemática de las violaciones graves de los derechos humanos y la ausencia de rendición de
cuentas en la República Islámica del Irán creen un entorno propicio para quienes las
perpetren, vulneren el derecho de las víctimas a un recurso efectivo y perpetúen los ciclos de
violencia,
Expresando profunda preocupación también por la violencia y la discriminación
generalizadas en la ley y en la práctica que afectan en particular a las mujeres y las niñas, los
niños, las personas pertenecientes a minorías étnicas, lingüísticas y religiosas o de creencias
reconocidas o no reconocidas, los defensores de los derechos humanos, los abogados, los
periodistas y los trabajadores de los medios de comunicación, y las personas que ejercen su
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A/HRC/52/67.
GE.23-06858 (S)
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