Erradicar la pobreza rural a fin de implementar
la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible
A/RES/74/237
financiación y de la creación de un entorno propicio a todo s los niveles para el
desarrollo sostenible, en un espíritu de alianza y solidaridad mundiales,
Reafirmando además el Acuerdo de París 1 y su pronta entrada en vigor,
alentando a todas las partes en el Acuerdo a que lo apliquen plenamente y alentando
a las partes en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio
Climático 2 que aún no lo hayan hecho a que depositen cuanto antes sus instrumentos
de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión, según corresponda,
Reafirmando la Nueva Agenda Urbana, aprobada en la Conferencia de las
Naciones Unidas sobre la Vivienda y el Desarrollo Urbano Sostenible (Hábitat III),
que se celebró en Quito del 17 al 20 de octubre de 2016 3,
Teniendo presente que el septuagésimo quinto aniversario de las Naciones
Unidas en 2020 y el quinto aniversario de la aprobación de la Agenda 2030 brindan
una oportunidad para reafirmar el compromiso colectivo con el multilateralismo y
con las Naciones Unidas, y reafirmando la urgente necesidad de acelerar la aplicación
de la Agenda 2030 y el logro de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, en particular
la erradicación de la pobreza,
Recordando que en su resolución 47/196, de 22 de diciembre de 1992, declaró
el 17 de octubre Día Internacional para la Erradicación de la Pobreza,
Recordando también su resolución 72/233, de 20 de diciembre de 2017, en la
que consideró que el tema del Tercer Decenio de las Naciones Unidas para l a
Erradicación de la Pobreza (2018-2027) sería “Acelerar las acciones mundiales para
un mundo sin pobreza”, y todas las demás resoluciones relativas a la erradicación de
la pobreza,
Reafirmando que la erradicación de la pobreza en todas sus formas y
dimensiones, incluida la pobreza extrema, constituye el mayor reto que enfrenta
actualmente el mundo y que es un requisito indispensable para el desarrollo
sostenible, en particular de África, los países menos adelantados, los países en
desarrollo sin litoral, los pequeños Estados insulares en desarrollo y algunos países
de ingresos medianos, observando con preocupación que, de los 734 millones de
personas que viven en la pobreza extrema, para 2030 saldrán de la pobreza extrema
38 millones menos, debido a la desaceleración de la economía mundial, y subrayando
la importancia de acelerar el crecimiento económico sostenible, inclusivo y equitativo
y el desarrollo sostenible, incluidos el empleo pleno y productivo y el trabajo decente
para todos, con miras a reducir las desigualdades dentro de los países y entre ellos,
Encomiando los esfuerzos desplegados y los notables avances logrados por los
países en desarrollo en la erradicación de la pobreza rural, y observando con
preocupación que sigue habiendo deficiencias fundamentales, a saber: falta de datos
adecuados; inversión insuficiente en desarrollo agrícola y rural; formación escasa e
inadecuada de capital humano que se ajuste a los medios de vida rurales; escasez de
oportunidades para la generación de ingresos no agrícolas; falta de capacidad
productiva y transformación de la agricultura; persistencia de la desigualdad de
género; falta de protección social; insuficiencia de las infraestructuras y los servicios
básicos; capacidad de adaptación y resiliencia inexistente o deficiente ante los efectos
negativos del cambio climático y los desastres; y ausencia de instituciones rurales
eficaces y de recursos suficientes,
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Aprobado en virtud de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático
como consta en el documento FCCC/CP/2015/10/Add.1, decisión 1/CP.21.
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1771, núm. 30822.
Resolución 71/256, anexo.
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