A/RES/62/87 21. Recuerda que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de las condiciones generales de contratos de las Naciones Unidas, las cláusulas de cualquier subcontrato estarán sujetas a dichas condiciones y deberán ajustarse a ellas; 22. Pide al Secretario General que ejerza su autoridad para emprender, en relación con los subcontratistas que participen directamente en el suministro de bienes y servicios a la Organización en nombre del director de obra del plan maestro de mejoras de infraestructura, un examen exhaustivo de sus cualificaciones y de la identidad de los principales responsables, y pide también al Secretario General que dé su previa aprobación y autorización por escrito para el uso de dichos subcontratistas, según dispone el artículo 5 de las condiciones generales de contratos de las Naciones Unidas, de manera de asegurar la integridad, imparcialidad y transparencia del proceso de adquisiciones; 23. Pide también al Secretario General que publique y actualice periódicamente en el sitio web del plan maestro de mejoras de infraestructura la lista de subcontratistas aprobada por las Naciones Unidas y que incluya información sobre la aplicación del artículo 5 de las condiciones generales de contratos de las Naciones Unidas, incluso el procedimiento de revisión y aprobación de subcontratistas por las Naciones Unidas, en futuros informes sobre la marcha de la ejecución del plan maestro de mejoras de infraestructura; 24. Reafirma lo dispuesto en la sección XV de su resolución 61/244, de 22 de diciembre de 2006; 25. Lamenta que el nombramiento de la junta consultiva que pidió en sus resoluciones 57/292 y 61/251 esté retrasado, e insta al Secretario General a que acelere la creación de la junta consultiva, que deberá reflejar una amplia representación geográfica, de manera que pueda iniciar su labor con carácter de prioridad; 26. Pide al Secretario General que vele por que la junta consultiva proporcione, entre otras cosas, el nivel necesario de supervisión técnica; 27. Pide también al Secretario General que analice la experiencia de varias organizaciones internacionales que hayan establecido comités de expertos ad hoc para que proporcionaran asesoramiento sobre aspectos técnicos de sus proyectos de construcción o conservación de edificios, y que le informe al respecto en el contexto del próximo sexto informe anual sobre la marcha de la ejecución; 28. Afirma que la Asamblea General es el único órgano con prerrogativa para decidir sobre cualquier cambio en el presupuesto, el proyecto y la estrategia de ejecución del plan maestro de mejoras de infraestructuras, según lo aprobado en sus resoluciones; 29. Toma nota de la propuesta del Secretario General sobre la estrategia acelerada IV; 30. Autoriza al Secretario General a gestionar, con carácter de urgencia, la obtención de un local provisional adicional necesario para renovar en una única etapa el edificio de la Secretaría; 31. Aprueba los cambios propuestos por el Secretario General en el calendario de renovación del edificio de la Secretaría en el párrafo 27 de su informe1, con sujeción a la disponibilidad del local provisional adicional a que se hace referencia en el párrafo 30 supra y, si en el plazo de ciento veinte días a partir de la aprobación de la presente resolución no se consigue dicho local provisional, pide al Secretario General que proceda sin mayor dilación con el enfoque por etapas 4

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