Examen de la aplicación de las resoluciones de la Asamblea General 67/290, relativa al formato y los aspectos organizativos del foro político de alto nivel sobre el desarrollo sostenible, y 70/299, relativa al seguimiento y el examen de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible a nivel mundial A/RES/75/290 A (COVID-19), ayudando a los países a reconstruir para mejorar, reducir lo s riesgos y aumentar la resiliencia frente a perturbaciones y crisis, centrándose en promover una recuperación sostenible, inclusiva y resiliente, en apoyo de la Agenda 2030; 5. Observa que el Consejo Económico y Social es un órgano basado en la Carta de las Naciones Unidas y que el foro político de alto nivel sobre el desarrollo sostenible se celebra bajo los auspicios del Consejo Económico y Social y de la Asamblea General; 6. Declara que el Consejo Económico y Social y el foro político de alto nivel sobre el desarrollo sostenible deben coordinarse estrechamente, de conformidad con sus respectivas funciones y mandatos, para garantizar que su labor interconectada e interrelacionada sea coherente y se refuerce mutuamente en apoyo de la implementación acelerada de la Agenda 2030 a lo largo de la década de acción y resultados en favor del desarrollo sostenible, desde el momento presente hasta el año 2030; 7. Aprueba el anexo de la presente resolución sobre el examen del Consejo Económico y Social y exhorta al Consejo, a sus órganos subsidiarios y a otros órganos y plataformas pertinentes del sistema de las Naciones Unidas a aplicar sin dilación las disposiciones que contiene; 8. Decide que las disposiciones contenidas en la presente resolución y su anexo se revisen en su septuagésimo octavo período de sesiones, en conjunción con el proceso de examen del foro político de alto nivel sobre el desarrollo sostenible, a fin de aprovechar la experiencia adquirida en los ciclos anteriores del foro político de alto nivel, así como en los procesos pertinentes realizados bajo los auspicios de la Asamblea General y el Consejo Económico y Social en relación con el seguimiento y el examen de la Agenda 2030; 9. Reitera su decisión de que el examen del fortalecimiento del Consejo Económico y Social en los ciclos de examen subsiguientes se realice en conjunción con el proceso de examen del foro político de alto nivel sobre el desarr ollo sostenible, al tiempo que reconoce el carácter independiente de sus funciones y mandatos; 10. Recuerda su decisión contenida en la resolución 74/298 y decide acordar en su septuagésimo séptimo período de sesiones el tema anual del período de sesiones de 2024 del Consejo Económico y Social y el foro político de alto nivel sobre el desarrollo sostenible de 2024 y el conjunto de Objetivos que examinará e l foro político de alto nivel en 2024, sin perjuicio del examen exhaustivo del Consejo y el foro político de alto nivel que se efectuará en conjunción entre ambos en el septuagésimo octavo período de sesiones; 11. Decide que todos los mandatos contenidos en la resolución 72/305 y en todas las resoluciones conexas anteriores relativas al fortalecimiento del Consejo Económico y Social seguirán en vigor a menos que se actualicen o sustituyan en la presente resolución o en posteriores resoluciones de la Asamblea General y que los mandatos contenidos en la presente resolución y su anexo deberían aplicarse a partir del ciclo 2021-2022 del Consejo y sus preparativos. 87 a sesión plenaria 25 de junio de 2021 21-08653 3/10

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