A/HRC/RES/37/12 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 5 de abril de 2018 Español Original: inglés Consejo de Derechos Humanos 37º período de sesiones 26 de febrero a 23 de marzo de 2018 Tema 3 de la agenda Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos el 22 de marzo de 2018 37/12. Mandato del Relator Especial sobre los derechos culturales El Consejo de Derechos Humanos, Guiado por los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas, Recordando la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Declaración y el Programa de Acción de Viena y todos los demás instrumentos pertinentes de derechos humanos, Recordando también todas las resoluciones pertinentes de la Asamblea General, la Comisión de Derechos Humanos y el Consejo de Derechos Humanos, la más reciente de las cuales es la resolución 34/2 del Consejo, de 23 de marzo de 2017, Haciendo notar las declaraciones formuladas en el ámbito del sistema de las Naciones Unidas sobre la diversidad cultural y la cooperación cultural internacional, en particular la Declaración de los Principios de la Cooperación Cultural Internacional y la Declaración Universal sobre la Diversidad Cultural, aprobadas por la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura en 1966 y 2001, respectivamente, Recordando sus resoluciones 5/1, relativa a la construcción institucional del Consejo de Derechos Humanos, y 5/2, relativa al Código de Conducta para los Titulares de Mandatos de los Procedimientos Especiales del Consejo, de 18 de junio de 2007, y destacando que todos los titulares de mandatos deberán desempeñar sus funciones de conformidad con esas resoluciones y sus anexos, Acogiendo con beneplácito el aumento del número de Estados partes en la Convención sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales, aprobada por la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura el 20 de octubre de 2005, que entró en vigor el 18 de marzo de 2007, Convencido de que la cooperación internacional en la promoción y el fomento del respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos debe basarse en el entendimiento de las especificidades económicas, sociales y culturales de cada país, en la efectividad y el reconocimiento plenos de la universalidad de todos los derechos humanos y en los principios de libertad, justicia, igualdad y no discriminación, GE.18-05239 (S) 110418  120418

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