A/RES/59/39
actividades de formación y asistencia técnica legislativa, en particular en países en
desarrollo;
d) Reitera su llamamiento al Programa de las Naciones Unidas para el
Desarrollo y a otros órganos responsables de la asistencia para el desarrollo, como el
Banco Mundial y los bancos regionales de desarrollo, así como a los gobiernos en el
marco de sus programas de asistencia bilateral, para que presten apoyo al programa
de formación y asistencia técnica legislativa de la Comisión y para que cooperen
con la Comisión y coordinen sus actividades con las de ésta;
Toma nota con pesar de que desde el anterior período de sesiones de la
6.
Comisión no se han aportado contribuciones al fondo fiduciario establecido para
la concesión de asistencia para gastos de viaje a los países en desarrollo que son
miembros de ella, previa solicitud de éstos y consulta con el Secretario General,
insiste en la necesidad de que se aporten contribuciones a ese fondo a fin de que haya
más expertos en representación de países en desarrollo en los períodos de sesiones de
la Comisión y sus grupos de trabajo y reitera su llamamiento a los gobiernos, los
órganos competentes del sistema de las Naciones Unidas, a organizaciones,
instituciones y particulares a que hagan contribuciones voluntarias al fondo fiduciario;
Decide, a los efectos de la plena participación de todos los Estados
7.
Miembros en los períodos de sesiones de la Comisión y en sus grupos de trabajo,
seguir examinando en el quincuagésimo noveno período de sesiones y en la
Comisión Principal competente, la posibilidad de conceder asistencia para gastos de
viaje a los países menos adelantados que son miembros de la Comisión, previa
solicitud de éstos y en consulta con el Secretario General;
Recuerda sus resoluciones relativas a las asociaciones de colaboración
8.
entre las Naciones Unidas y entidades no estatales, en particular el sector privado 5,
y, a este respecto, observa con satisfacción que la Comisión examina medios
de hacer participar activamente en su labor a entidades no estatales 6 y la alienta a
seguir estudiando distintos planteamientos respecto de la utilización de asociaciones
de colaboración con entidades no estatales en la ejecución de su mandato,
particularmente en materia de formación y asistencia técnica, de conformidad con
los principios y las directrices aplicables y en cooperación y coordinación con otras
oficinas competentes de la Secretaría;
Aprueba, de conformidad con las resoluciones que se refieren a cuestiones
9.
relativas a la documentación y en las que se insiste, en particular, en que la
reducción de la longitud de los documentos no debe redundar en desmedro de la
calidad de la presentación ni del fondo de los documentos 7, las conclusiones a que
llega la Comisión en los párrafos 124 a 128 de su informe1 acerca de la imposición de
límites al número de páginas de sus documentos y pide al Secretario General que, al
poner en práctica los límites de páginas con respecto a los documentos de la
Comisión, tenga presente las características especiales de su mandato y su labor;
10. Aprueba también las conclusiones a que llega la Comisión en el
párrafo 130 de su informe acerca de la necesidad de que se sigan levantando actas
resumidas de sus sesiones dedicadas a la formulación de instrumentos normativos;
_______________
5
Resoluciones 55/215, 56/76 y 58/129.
Véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo noveno período de sesiones,
Suplemento No. 17 (A/59/17), cap. XV, secc. A.
7
Resoluciones 57/283 B, sección III, párr. 29 y 58/250, sección III, párrs. 2 y 17.
6
3
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