A/RES/52/49
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7. Pide a la Comisión de Conciliación de las Naciones Unidas para Palestina, establecida en virtud
de la resolución 194 (III) de la Asamblea General, y a otros órganos de las Naciones Unidas vinculados
a la cuestión de Palestina, que sigan cooperando plenamente con el Comité y, cuando éste lo solicite, le
faciliten la información y documentación pertinentes de que dispongan;
8. Pide al Secretario General que distribuya el informe del Comité a todos los órganos competentes
de las Naciones Unidas, e insta a éstos a que adopten las medidas necesarias, según proceda;
9. Pide también al Secretario General que siga proporcionando al Comité todos los medios
necesarios para el desempeño de su cometido.
68a. sesión plenaria
9 de diciembre de 1997