A/RES/55/91
7.
Insiste además en que la tolerancia y el respeto de la diversidad
facilitaran el fomento y la protección universales de los derechos humanos, con
inclusión de la igualdad entre hombres y mujeres y el disfrute de todos los derechos
humanos por todos;
8.
Insta a los Estados, las organizaciones internacionales y los organismos
de las Naciones Unidas e invita a la sociedad civil, incluidas las organizaciones no
gubernamentales, a que reconozcan y respeten la diversidad cultural con miras a
promover los objetivos de la paz, el desarrollo y los derechos humanos
universalmente aceptados;
9.
Pide al Secretario General que, a la luz de esta resolución, prepare un
informe sobre los derechos humanos y la diversidad cultural que tenga en cuenta las
opiniones de los Estados Miembros, los organismos competentes de las Naciones
Unidas y las organizaciones no gubernamentales, así como las consideraciones
que se hacen en la presente resolución sobre el reconocimiento y la importancia de
la diversidad cultural entre todos los pueblos y naciones del mundo, y que se lo
presente en su quincuagésimo sexto período de sesiones;
10. Decide seguir examinando esta cuestión en su quincuagésimo sexto
período de sesiones en relación con el subtema titulado “Cuestiones relativas a los
derechos humanos, incluidos distintos criterios para mejorar el goce efectivo de los
derechos humanos y las libertades fundamentales”.
81a. sesión plenaria
4 de diciembre de 2000
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