A/RES/55/91 7. Insiste además en que la tolerancia y el respeto de la diversidad facilitaran el fomento y la protección universales de los derechos humanos, con inclusión de la igualdad entre hombres y mujeres y el disfrute de todos los derechos humanos por todos; 8. Insta a los Estados, las organizaciones internacionales y los organismos de las Naciones Unidas e invita a la sociedad civil, incluidas las organizaciones no gubernamentales, a que reconozcan y respeten la diversidad cultural con miras a promover los objetivos de la paz, el desarrollo y los derechos humanos universalmente aceptados; 9. Pide al Secretario General que, a la luz de esta resolución, prepare un informe sobre los derechos humanos y la diversidad cultural que tenga en cuenta las opiniones de los Estados Miembros, los organismos competentes de las Naciones Unidas y las organizaciones no gubernamentales, así como las consideraciones que se hacen en la presente resolución sobre el reconocimiento y la importancia de la diversidad cultural entre todos los pueblos y naciones del mundo, y que se lo presente en su quincuagésimo sexto período de sesiones; 10. Decide seguir examinando esta cuestión en su quincuagésimo sexto período de sesiones en relación con el subtema titulado “Cuestiones relativas a los derechos humanos, incluidos distintos criterios para mejorar el goce efectivo de los derechos humanos y las libertades fundamentales”. 81a. sesión plenaria 4 de diciembre de 2000 3

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