A/RES/50/156
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Destacando la importancia y el carácter especial del proyecto de
declaración como instrumento normativo destinado específicamente a las
poblaciones indígenas,
Reconociendo la conveniencia de prestar asistencia a las organizaciones
indígenas para que participen en el Grupo de Trabajo,
1.
Decide que el Fondo de contribuciones voluntarias de las Naciones
Unidas para las poblaciones indígenas sea también utilizado para prestar
asistencia a los representantes de comunidades y organizaciones indígenas a
fin de que puedan participar en las deliberaciones del Grupo de Trabajo de
composición abierta entre períodos de sesiones de la Comisión de Derechos
Humanos, establecido por la Comisión en su resolución 1995/32, que el Consejo
Económico y Social hizo suya el 25 de julio de 1995, así como en las
deliberaciones del Grupo de Trabajo sobre Poblaciones Indígenas de la
Subcomisión de Prevención de Discriminaciones y Protección a las Minorías;
2.
Pide al Secretario General que señale la presente resolución a
la atención de los Estados Miembros y que los invite a considerar la
posibilidad de aportar contribuciones al Fondo.
97ª sesión plenaria
21 de diciembre de 1995