A/RES/50/156 Página 2 Destacando la importancia y el carácter especial del proyecto de declaración como instrumento normativo destinado específicamente a las poblaciones indígenas, Reconociendo la conveniencia de prestar asistencia a las organizaciones indígenas para que participen en el Grupo de Trabajo, 1. Decide que el Fondo de contribuciones voluntarias de las Naciones Unidas para las poblaciones indígenas sea también utilizado para prestar asistencia a los representantes de comunidades y organizaciones indígenas a fin de que puedan participar en las deliberaciones del Grupo de Trabajo de composición abierta entre períodos de sesiones de la Comisión de Derechos Humanos, establecido por la Comisión en su resolución 1995/32, que el Consejo Económico y Social hizo suya el 25 de julio de 1995, así como en las deliberaciones del Grupo de Trabajo sobre Poblaciones Indígenas de la Subcomisión de Prevención de Discriminaciones y Protección a las Minorías; 2. Pide al Secretario General que señale la presente resolución a la atención de los Estados Miembros y que los invite a considerar la posibilidad de aportar contribuciones al Fondo. 97ª sesión plenaria 21 de diciembre de 1995

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