A/RES/51/69
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mundial y regionales, así como la necesidad de promover en este contexto la
cooperación entre los gobiernos de los países de la misma región;
14.
Invita al Consejo Económico y Social a que, a los efectos de
facilitar el proceso de aplicación, supervisión y evaluación en el plano
regional, considere la posibilidad de revisar la capacidad institucional de
las comisiones regionales de las Naciones Unidas, de conformidad con el
párrafo 302 de la Plataforma de Acción, y que estudie, en este contexto, la
mejor manera de integrar las aportaciones de las comisiones regionales en la
supervisión y seguimiento generales de la Plataforma de Acción;
15.
Insta a los Estados a que adopten medidas para cumplir los
compromisos contraídos en la Conferencia respecto del adelanto de la mujer y
el incremento de la cooperación internacional y reafirma que en el plano
internacional habría que destinar recursos financieros suficientes a aplicar
la Plataforma de Acción en los países en desarrollo, especialmente en África,
y en los países menos adelantados;
16.
Invita al Secretario General a que, al aplicar la Iniciativa
especial para África del sistema de las Naciones Unidas, preste especial
atención a las necesidades y al papel de la mujer como protagonista y
beneficiaria del proceso de desarrollo;
17.
Reconoce que para aplicar la Plataforma de Acción en los países
con economías en transición es preciso mantener la cooperación y la asistencia
internacionales de la manera indicada en la Plataforma de Acción;
18.
Exhorta a los Estados Miembros a que asignen recursos suficientes
para realizar análisis sobre los efectos por género a fin de elaborar
estrategias nacionales eficaces para la aplicación de la Plataforma de Acción;
19.
Recalca que para aplicar plena y efectivamente la Plataforma de
Acción habrá que asumir el compromiso político de facilitar recursos
financieros y humanos para la realización del potencial de la mujer,
incorporar la perspectiva de género en las decisiones presupuestarias sobre
políticas y programas y destinar financiación suficiente a programas concretos
que apunten a asegurar la igualdad entre la mujer y el hombre;
20.
Acoge con satisfacción las aportaciones de la Comisión de la
Condición Jurídica y Social de la Mujer a las deliberaciones sobre la
erradicación de la pobreza en la serie de sesiones de coordinación del Consejo
Económico y Social, entre otras cosas, en relación con la incorporación de una
perspectiva de género a las actividades de erradicación de la pobreza y el uso
de las fuentes y mecanismos de financiación disponibles con miras a contribuir
a los objetivos de erradicación de la pobreza y teniendo especialmente en
cuenta las mujeres que viven en la pobreza;
21.
Exhorta a los gobiernos, al sistema de las Naciones Unidas,
incluidas las instituciones de Bretton Woods, a las organizaciones
internacionales y no gubernamentales pertinentes y al sector privado a que
potencien el papel de la mujer mediante medidas, políticas y programas
concretos, incluida la integración de perspectivas de género;
22.
Pide a los gobiernos y a la comunidad internacional que apliquen
programas concretos para la erradicación de la pobreza y el analfabetismo y
aseguren a la mujer igualdad de acceso a la educación, la capacitación, el
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