A/HRC/RES/50/20
trabajadores de los medios de comunicación, defensores de los derechos humanos, incluidas
defensoras de los derechos humanos, profesionales de la salud, abogados, profesionales de la
cultura, profesores, estudiantes, personas pertenecientes a minorías nacionales, personas que
expresan opiniones discrepantes, miembros de sindicatos y comités de huelga y otros
miembros de la sociedad civil;
3.
Condena enérgicamente los casos que se han denunciado de privación
arbitraria de la vida de personas detenidas, en contravención del derecho internacional de los
derechos humanos, y los casos que se han denunciado de persistencia del uso sistemático y
generalizado de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes y de la
violencia sexual y de género contra personas, incluidos niños y jóvenes, detenidas y privadas
de libertad en Belarús por las autoridades estatales, las condiciones de detención inhumanas
y la denegación del acceso a asistencia médica y jurídica adecuada en los centros de detención
y las cárceles, así como la denegación del derecho a un juicio imparcial, y el hecho de que
las autoridades bielorrusas no hayan llevado a cabo investigaciones prontas, efectivas,
exhaustivas, transparentes e imparciales de todas las violaciones de los derechos humanos
anteriormente mencionadas;
4.
Expresa profunda preocupación por los informes en los que se denuncia la
represión de que son objeto las personas que ejercen su derecho a la libertad de expresión y
de opinión al criticar públicamente la agresión de la Federación de Rusia contra Ucrania y el
apoyo de Belarús a dicha agresión, así como por los actos de represión de la libertad de las
personas de buscar, recibir y difundir informaciones, incluidos los relacionados con el uso
por parte del Estado del territorio y las infraestructuras para facilitar la agresión de la
Federación de Rusia, e insta a las autoridades bielorrusas a que garanticen un entorno
propicio para el funcionamiento de medios de comunicación verdaderamente independientes,
tanto en línea como en medios no electrónicos, incluido el acceso sin trabas a una Internet
abierta, interoperable, fiable y segura;
5.
Observa con profunda preocupación el marco jurídico cada vez más restrictivo
que limita aún más las libertades de opinión y de expresión y de reunión pacífica, en
contravención del derecho internacional de los derechos humanos, o que da lugar a
violaciones de otros derechos humanos, y cuyo objetivo son específicamente los activistas
en favor de la democracia, las personas que se manifiestan pacíficamente en contra de la
agresión de la Federación de Rusia a Ucrania, los agentes de la sociedad civil, los defensores
de los derechos humanos, incluidas las defensoras de los derechos humanos, los abogados,
los medios de comunicación, los periodistas y otros trabajadores de los medios de
comunicación independientes, así como otras personas, incluidos niños, en particular las
modificaciones introducidas en la Ley de Actos Multitudinarios, la Ley de Medios de
Comunicación, la Ley de Lucha contra el Extremismo y la Ley de la Abogacía y su Ejercicio,
aprobadas en mayo de 2021, y las modificaciones introducidas en el Código Penal, aprobadas
en mayo y diciembre de 2021, por las que se tipifican como delito la implicación en
actividades de asociaciones de la sociedad civil disueltas o la participación en actividades de
organizaciones no inscritas en el registro, el nuevo Código de Infracciones Administrativas,
aprobado en enero de 2022, las modificaciones introducidas en el Código Penal, aprobadas
en mayo de 2022, por las que se amplió la aplicación de la pena de muerte, y algunas de las
enmiendas a la Constitución aprobadas mediante el referendo celebrado el 27 de febrero
de 2022;
6.
Insta encarecidamente a las autoridades bielorrusas a que respeten, amparen y
cumplan plenamente todas sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos,
en particular las contraídas en virtud de los Pactos Internacionales de Derechos Humanos, la
Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes y la
Convención sobre los Derechos del Niño;
7.
Exige a este respecto la liberación inmediata e incondicional de todas las
personas privadas de libertad de forma arbitraria o ilegal en Belarús, y exige también que las
autoridades bielorrusas pongan fin inmediatamente al enjuiciamiento penal o administrativo,
el hostigamiento, la intimidación y la represión de toda persona por el mero hecho de estar
ejerciendo sus derechos humanos y sus libertades fundamentales;
2
GE.22-11093