A/HRC/RES/50/20 8. Exige también que se lleven a cabo investigaciones prontas, efectivas, exhaustivas, transparentes e imparciales con miras a garantizar la rendición de cuentas de los responsables de todas las presuntas violaciones y abusos contra los derechos humanos, especialmente de los actos que impliquen muertes, detenciones arbitrarias, tortura y malos tratos, incluidos actos de violencia sexual y de género, y a garantizar medidas de restitución, indemnización, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición a las víctimas, según proceda; 9. Insta encarecidamente de nuevo a las autoridades bielorrusas a que adopten todas las medidas necesarias para garantizar la plena independencia e imparcialidad del poder judicial y la independencia y protección de los abogados, a que garanticen a todas las personas el derecho a un juicio imparcial y el derecho a la revisión efectiva de las sentencias y condenas por un tribunal superior, y que puedan disponer del tiempo y los medios adecuados para preparar su defensa y comunicarse con el abogado de su elección, así como otros medios de protección jurídica durante todo el procedimiento, entre otras personas a las acusadas de infracciones administrativas o delitos penales, y lamenta la falta de progresos en este sentido; 10. Acoge con beneplácito la asistencia prestada por la Relatora Especial sobre la situación de los derechos humanos en Belarús a la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en el marco de su mandato, de conformidad con la resolución 49/26 del Consejo de Derechos Humanos, y acoge con beneplácito también el informe de la Alta Comisionada sobre la situación de los derechos humanos en Belarús en el período previo a las elecciones presidenciales de 2020 y con posterioridad a ellas2; 11. Reitera su llamamiento a las autoridades bielorrusas para que lleven a cabo una revisión exhaustiva de la legislación, las políticas, las estrategias y las prácticas pertinentes a fin de que las disposiciones estén definidas con claridad, se ajusten a sus obligaciones y compromisos internacionales en materia de derechos humanos y no se utilicen para impedir o restringir indebidamente el ejercicio de ningún derecho humano, y para que inviertan en el fomento de la capacidad y en una formación adecuada del poder judicial y de las fuerzas del orden; 12. Alienta encarecidamente a Belarús a que haga realidad la reforma integral del marco jurídico electoral y a que corrija las deficiencias sistémicas que desde hace tiempo presentan el marco jurídico y las prácticas electorales, atendiendo a las recomendaciones formuladas por la Oficina de Instituciones Democráticas y Derechos Humanos de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa, la Comisión Europea para la Democracia por el Derecho (Comisión de Venecia) y la Relatora Especial, al tiempo que hace notar con preocupación la falta de transparencia e inclusividad observada también en el proceso del referendo constitucional celebrado el 27 de febrero de 2022; 13. Deplora la persistente discriminación que afecta a las mujeres y las niñas y a las personas en situación de vulnerabilidad, incluidas las personas lesbianas, gais, bisexuales, trans e intersexuales, las personas con discapacidad y las personas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, lingüísticas y religiosas, si bien hace notar la enmienda a la Constitución relacionada con los derechos de las personas con discapacidad; 14. Insta nuevamente a las autoridades bielorrusas a que aprueben una política y una legislación integrales de no discriminación que garanticen la igualdad de derechos para todas las personas tanto en la ley como en la práctica, incluido el pleno acceso a una educación de calidad en igualdad de condiciones, y, destacando la necesidad de que se tenga en cuenta el interés superior del niño, insta también a las autoridades bielorrusas a que apliquen todas las recomendaciones formuladas por el Comité de los Derechos del Niño y el Comité contra la Tortura en relación con la justicia juvenil, así como todas las recomendaciones formuladas por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, si bien observa que ya se han aplicado en Belarús algunas medidas para prevenir la discriminación; 2 GE.22-11093 A/HRC/49/71. 3

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