A/HRC/RES/22/4 Destacando también la importancia del diálogo entre todas las partes interesadas pertinentes en relación con la promoción y protección de los derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas, como parte integrante del desarrollo de la sociedad en su conjunto, que incluirá el intercambio de las mejores prácticas en relación con, por ejemplo, la promoción del entendimiento mutuo de las cuestiones de las minorías, la gestión de la diversidad mediante el reconocimiento de las identidades plurales, y la promoción de sociedades incluyentes y estables y de su cohesión social, Destacando además la importancia de los procesos nacionales encaminados a promover e intensificar el diálogo entre todas las partes interesadas pertinentes sobre cuestiones relacionadas con los derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas con miras a lograr el ejercicio de sus derechos sin discriminación y a ayudar a forjar sociedades estables, Consciente de que las Naciones Unidas tienen una importante función que desempeñar en relación con la protección de las personas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas, entre otras cosas, otorgando la debida consideración a la Declaración sobre los derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas, y aplicándola en la práctica, Tomando nota de que en 2012 se conmemoró el 20º aniversario de la adopción de la Declaración, Afirmando que ese aniversario constituyó una importante oportunidad para reflexionar sobre la promoción y protección de los derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas, así como sobre los logros, las mejores prácticas y los retos en lo que se refiere a la aplicación de la Declaración, y reafirmando los principios y compromisos que consagra, Reconociendo, en ese contexto, la importante función que desempeña la Experta independiente sobre cuestiones de las minorías en la promoción de la aplicación de la Declaración, 1. Toma nota del informe de la Experta independiente sobre cuestiones de las minorías1, y también del informe sobre las recomendaciones del Foro sobre Cuestiones de las Minorías en su quinto período de sesiones2, así como del informe del Relator Especial sobre la libertad de religión o de creencias sobre las personas pertenecientes a minorías religiosas3; 2. Toma nota también del informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre los derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas4 y del Resumen de la mesa redonda para conmemorar el 20º aniversario de la aprobación de la Declaración sobre los derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas5; 3. Insta a los Estados a emprender iniciativas encaminadas a velar por que las personas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas sean conscientes de sus derechos, según figuran enunciados en la Declaración y en otras 1 2 3 4 5 2 A/HRC/22/49. A/HRC/22/60. A/HRC/22/51. A/HRC/22/27. A/HRC/20/6. GE.13-12808

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