A/HRC/RES/22/4
Destacando también la importancia del diálogo entre todas las partes interesadas
pertinentes en relación con la promoción y protección de los derechos de las personas
pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas, como parte
integrante del desarrollo de la sociedad en su conjunto, que incluirá el intercambio de las
mejores prácticas en relación con, por ejemplo, la promoción del entendimiento mutuo de
las cuestiones de las minorías, la gestión de la diversidad mediante el reconocimiento de las
identidades plurales, y la promoción de sociedades incluyentes y estables y de su cohesión
social,
Destacando además la importancia de los procesos nacionales encaminados a
promover e intensificar el diálogo entre todas las partes interesadas pertinentes sobre
cuestiones relacionadas con los derechos de las personas pertenecientes a minorías
nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas con miras a lograr el ejercicio de sus derechos
sin discriminación y a ayudar a forjar sociedades estables,
Consciente de que las Naciones Unidas tienen una importante función que
desempeñar en relación con la protección de las personas pertenecientes a minorías
nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas, entre otras cosas, otorgando la debida
consideración a la Declaración sobre los derechos de las personas pertenecientes a minorías
nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas, y aplicándola en la práctica,
Tomando nota de que en 2012 se conmemoró el 20º aniversario de la adopción de la
Declaración,
Afirmando que ese aniversario constituyó una importante oportunidad para
reflexionar sobre la promoción y protección de los derechos de las personas pertenecientes
a minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas, así como sobre los logros, las
mejores prácticas y los retos en lo que se refiere a la aplicación de la Declaración, y
reafirmando los principios y compromisos que consagra,
Reconociendo, en ese contexto, la importante función que desempeña la Experta
independiente sobre cuestiones de las minorías en la promoción de la aplicación de la
Declaración,
1.
Toma nota del informe de la Experta independiente sobre cuestiones de las
minorías1, y también del informe sobre las recomendaciones del Foro sobre Cuestiones de
las Minorías en su quinto período de sesiones2, así como del informe del Relator Especial
sobre la libertad de religión o de creencias sobre las personas pertenecientes a minorías
religiosas3;
2.
Toma nota también del informe de la Alta Comisionada de las
Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre los derechos de las personas
pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas4 y del Resumen de
la mesa redonda para conmemorar el 20º aniversario de la aprobación de la Declaración
sobre los derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas
y lingüísticas5;
3.
Insta a los Estados a emprender iniciativas encaminadas a velar por que las
personas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas sean
conscientes de sus derechos, según figuran enunciados en la Declaración y en otras
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A/HRC/22/60.
A/HRC/22/51.
A/HRC/22/27.
A/HRC/20/6.
GE.13-12808