A/RES/69/183
Naciones Unidas
Distr. general
6 de febrero de 2015
Asamblea General
Sexagésimo noveno período de sesiones
Tema 68 b) del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 18 de diciembre de 2014
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/69/488/Add.2 y Corr.1)]
69/183. Los derechos humanos y la extrema pobreza
La Asamblea General,
Guiada por los propósitos y principios enunciados en la Carta de las Naciones
Unidas,
Reafirmando la Declaración Universal de Derechos Humanos1, el Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Políticos2, el Pacto Internacional de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales2, la Convención Sobre la Eliminación de Todas
las Formas de Discriminación contra la Mujer3, la Convención sobre los Derechos
del Niño4, la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de
Discriminación Racial5, la Convención sobre los Derechos de las Personas con
Discapacidad6 y todos los demás instrumentos de derechos humanos aprobados por
las Naciones Unidas,
Recordando su resolución 47/196, de 22 de diciembre de 1992, en la que
declaró el 17 de octubre Día Internacional para la Erradicación de la Pobreza, y su
resolución 62/205, de 19 de diciembre de 2007, en la que proclamó el Segundo
Decenio de las Naciones Unidas para la Erradicación de la Pobreza (2008-2017), así
como su resolución 67/164, de 20 de diciembre de 2012, y sus resoluciones
anteriores sobre los derechos humanos y la extrema pobreza, en las que reafirmó
que la extrema pobreza y la exclusión social constituían una vulneración de la
dignidad humana y que, en consecuencia, había que adoptar medidas urgentes en los
planos nacional e internacional para eliminarlas,
Recordando también su resolución 52/134, de 12 de diciembre de 1997, en la
que reconoció que el fortalecimiento de la cooperación internacional en la esfera de
los derechos humanos era esencial para la comprensión, promoción y protección
efectivas de todos los derechos humanos,
_______________
1
Resolución 217 A (III).
Véase la resolución 2200 A (XXI), anexo.
3
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1249, núm. 20378.
4
Ibid., vol. 1577, núm. 27531.
5
Ibid., vol. 660, núm. 9464.
6
Ibid., vol. 2515, núm. 44910.
2
14-67672 (S)
*1467672*
Se ruega reciclar