A/RES/59/74
pequeñas y recogerlas en los Estados afectados que así lo soliciten, con el apoyo del
Centro Regional de las Naciones Unidas para la Paz y el Desarme en África y en
estrecha colaboración con la Unión Africana;
Alienta a la comunidad internacional a apoyar la aplicación de la
2.
suspensión de la importación, la exportación y la fabricación de armas ligeras en el
África occidental3;
3.
Alienta el establecimiento, en los países de la subregión sáharo-saheliana,
de comisiones nacionales de lucha contra la proliferación ilícita de armas pequeñas,
e invita a la comunidad internacional a prestar apoyo, en la medida de lo posible,
al buen funcionamiento de esas comisiones;
4.
Alienta a las organizaciones y asociaciones de la sociedad civil a
participar en los esfuerzos de las comisiones nacionales por combatir el tráfico de
armas pequeñas y en la aplicación de la suspensión de la importación, la exportación
y la fabricación de armas ligeras en el África occidental, así como en la aplicación
del Programa de Acción para prevenir, combatir y eliminar el tráfico ilícito de armas
pequeñas y ligeras en todos sus aspectos9;
5.
Alienta la cooperación entre los órganos estatales, las organizaciones
internacionales y la sociedad civil en la lucha contra el tráfico ilícito de armas
pequeñas y en la prestación de apoyo a las operaciones de recogida de dichas armas
en las subregiones;
Exhorta a la comunidad internacional a prestar apoyo técnico y
6.
financiero para fortalecer la capacidad de las organizaciones de la sociedad civil de
adoptar medidas de lucha contra el comercio ilícito de armas pequeñas;
Toma nota de las conclusiones a que se llegó en la reunión de Ministros
7.
de Relaciones Exteriores de la Comunidad Económica de los Estados de África
Occidental, celebrada en Bamako los días 24 y 25 de marzo de 1999, sobre las
modalidades de aplicación del Programa de coordinación y asistencia para la
seguridad y el desarrollo, y acoge con satisfacción la aprobación en esa reunión de
un plan de acción sobre el particular;
Toma nota también de las conclusiones de la Conferencia Africana
8.
sobre la aplicación del Programa de Acción de las Naciones Unidas sobre las
armas pequeñas: necesidades y asociaciones, celebrada en Pretoria del 18 al 21 de
marzo de 2002;
Invita al Secretario General y a los Estados y organizaciones que estén
9.
en condiciones de hacerlo a prestar asistencia a los Estados para reducir el tráfico
ilícito de armas pequeñas y recogerlas;
10. Pide al Secretario General que continúe examinando la cuestión y le
presente un informe, en su sexagésimo período de sesiones, sobre la aplicación
de la presente resolución;
11. Decide incluir en el programa provisional de su sexagésimo período de
sesiones el tema titulado “Asistencia a los Estados para detener la circulación
ilícita de armas pequeñas y proceder a su recogida”.
66° sesión plenaria
3 de diciembre de 2004
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